España: Ataques contra la libertad artística
* *
copiado tal cual del informe "Tuitea... si te atreves. Cómo las leyes
antiterroristas restringen la libertad de expresión en España" de Amnistía
Internacional
- En
España se está atacando la libertad de expresión. El gobierno somete a
hostigamiento toda una serie de expresiones en Internet —desde letras de
canciones políticamente controvertidas hasta simples chistes— utilizando las
categorías generales de “enaltecimiento del terrorismo” y “humillación de las víctimas
de los delitos terroristas” previstas en las leyes antiterroristas de imprecisa
redacción del país.
La
reducción del espacio para las opiniones discrepantes ha afectado también a la
libertad artística. En los últimos años, las autoridades españolas han
investigado y procesado a varias personas que se dedican al arte por
“enaltecimiento del terrorismo” y “humillar” a sus víctimas. Por ejemplo, el 5
de febrero de 2016, en uno de los casos más tristemente famosos, Alfonso Lázaro
de la Fuente y Raúl García Pérez, dos titiriteros profesionales, fueron
detenidos después de una actuación durante el carnaval de Madrid porque uno de
los títeres había exhibido un cartel con una consigna similar a una que usaba
ETA. La Audiencia Nacional retiró finalmente el cargo de “enaltecimiento del
terrorismo” contra ellos el 9 de septiembre de 2016. El de “incitación al
odio”, que había sido remitido a un juzgado ordinario de Madrid, fue retirado
también el 5 de enero de 2017.
En otro
caso preocupante aunque menos conocido, el 4 de diciembre de 2017, la Audiencia
Nacional condenó en virtud del artículo 578 a doce raperos de un colectivo
llamado La Insurgencia a dos años y un día de prisión cada uno, así como a
nueve años de inhabilitación y a una multa de 4.800 euros. En el momento de
redactar este informe estaban pendientes de resolución sus recursos contra la
sentencia.
Nyto
Rukeli, de 23 años, que se había incorporado al grupo en 2015, dijo a Amnistía
Internacional en octubre de 2017 que la finalidad del colectivo era
“proporcionar una plataforma para que los músicos hablaran de cuestiones
políticas”. Cada miembro del grupo trabajaba de forma independiente, pero todos
compartían un canal de YouTube y una página web.
Nyto dijo
que su visión era usar su música para abordar cuestiones sociales y políticas:
“Hay dos cuestiones principales que toco en mi música: el sistema capitalista,
que considero que es la fuerte principal de los problemas actuales, y los
presos políticos, sobre todo los miembros del PCE-r [Partido Comunista de
España (reconstituido)] que están aún en prisión”.
En
octubre de 2016, funcionarios encargados de hacer cumplir la ley lanzaron una
operación coordinada en varias localidades para detener a los 12 raperos de La
Insurgencia. Nyto fue detenido por dos policías en Santiago de Compostela,
donde vivía en aquel momento. El fiscal los acusó de “enaltecimiento del
terrorismo” por las letras de sus canciones, como el siguiente verso de la
canción “Rimas subversivas”, de Nyto: “Hay que luchar decididos, sólo nos va a
salvar la línea ideológica del Partido Comunista Reconstituido”.
La
Audiencia Nacional resolvió que los 12 músicos habían enaltecido al grupo
armado Grapo —que según las autoridades está ligado al PCE-r— y a varios de sus
miembros y, además, tenían la posibilidad de animar a la gente a cometer
delitos de terrorismo. Además de la pena de prisión, Nyto teme que los nueve
años de inhabilitación para empleos o cargos públicos límite de forma
importante sus posibilidades de encontrar trabajo en la profesión que ha
elegido de cuidador de personas ancianas.
Nyto
dijo a Amnistía Internacional que incluso antes de que se dictase la sentencia,
el procesamiento del colectivo ya había tenido un impacto negativo en sus
miembros. “Muchos se asustaron. Las autoridades consiguieron que casi la mitad
de los miembros haya dejado de cantar o hayan cambiado los mensajes de sus
canciones”.
Las
autoridades han procesado a otros raperos en aplicación del artículo 578. El 19
de enero de 2017, el Tribunal Supremo condenó al cantante César Strawberry a un
año de prisión y a seis años y seis meses de inhabilitación por “enaltecimiento
del terrorismo” y “humillar” a sus víctimas. La sentencia condenatoria se
refería a una serie de tuits que había publicado en 2013 y 2014. En diciembre
de 2013, César
Strawberry tuiteó: “Cuántos deberían seguir el vuelo de Carrero Blanco”, en
alusión al almirante Luis Carrero Blanco, presidente del gobierno durante la
dictadura de Franco que murió en 1973 en un atentado con coche bomba de ETA.
La
Audiencia Nacional había absuelto a Strawberry en julio de 2016. Sin embargo,
en una histórica sentencia muy criticada por las organizaciones de derechos
humanos, el Tribunal Supremo declaró que, a la hora de determinar su
responsabilidad penal, era irrelevante si César Strawberry había tenido la
intención de enaltecer a ETA y Grapo o de humillar a las víctimas del
terrorismo en sus publicaciones en Twitter, afirmando que el artículo 578 no
requería que los tribunales tuvieran en cuenta la intencionalidad. En el
momento de redactar este informe, el recurso del cantante estaba pendiente ante
el Tribunal Constitucional.
El
rapero Pablo Hasél, condenado en 2014 a dos años de prisión por “enaltecimiento
del terrorismo” en sus canciones en YouTube, fue condenado nuevamente el 2 de
marzo de 2018 por las letras de sus canciones y sus publicaciones en Twitter.
En uno de los tuits, publicado el 1 de abril de 2016, dijo: “Dos años desde que
Isabel Aparicio [miembro del PCE-r] fue exterminada por comunista, negándole el
Estado la asistencia médica en prisión”. Hasél ha sido condenado a una pena de
dos años y un día de cárcel y a una multa de 24.300 euros por los delitos de
“injurias y calumnias contra la Corona y las instituciones del Estado” y
“enaltecimiento” del terrorismo.
Estos
casos reflejan una intolerancia creciente y peligrosa hacia cualquier
expresión, incluida la artística, que pueda considerarse provocativa, inquietante
o incluso ofensiva. Pero escandalizar a personas diciendo o tuiteando o cantando
cosas ofensivas no es delito. Aplicar el derecho penal a estas expresiones no
sólo estigmatiza, sino que las graves consecuencias que pueden conllevar —como
los antecedentes penales, la cárcel y la inhabilitación— son preocupantemente
desproporcionadas.
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