Represión política en Nicaragua: el caso de Cristiana Chamorro

* * * copiado tal cual del informe "Arremetida contra críticos. Persecución y detención de opositores, defensores de derechos humanos y periodistas de cara a las elecciones en Nicaragua" de Human Rights Watch

Cristiana Chamorro, de 67 años, es periodista y precandidata presidencial en las elecciones de 2021. El 20 de mayo, Chamorro recibió dos citaciones del Ministerio de Gobernación y del Ministerio Público. En ambas se le ordenaba presentarse ante dichos organismos. El Ministerio de Gobernación notificó a Chamorro de una investigación penal iniciada en su contra por presunto “lavado de dinero, bienes y activos” a través de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro, una organización civil que promueve la libertad de prensa. Chamorro dirigió la fundación hasta la suspensión de sus actividades el 5 de febrero de 2021, tras la adopción de la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros que, como se describe en el capítulo anterior, intenta controlar a las organizaciones que operan en Nicaragua y reciben financiamiento externo.

El mismo día que se enviaron las citaciones, la policía allanó la sede de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro, junto con la sede de El Confidencial, un medio independiente que dirige el hermano de Cristiana Chamorro, Carlos Fernando Chamorro. Durante el allanamiento, las autoridades confiscaron equipos y detuvieron a un camarógrafo y a un periodista por algunas horas.

En respuesta a la citación del Ministerio de Gobernación, Chamorro se presentó en las oficinas del ministerio el 20 de mayo, donde las autoridades la interrogaron acerca de las fuentes de financiamiento de la fundación. La retuvieron allí durante tres horas y no permitieron el ingreso de su abogada.

El 21 de mayo, Chamorro se presentó en las oficinas del Ministerio Público, cumpliendo con la segunda citación. Inicialmente, las autoridades le indicaron a Chamorro que su abogada no podía estar presente durante el interrogatorio. Tras negarse a declarar sin su abogada presente, las autoridades permitieron el ingreso de su abogada. Cuando su abogada exigió saber cuál era la acusación en contra de Chamorro, las autoridades hicieron referencia a la citación del Ministerio de Gobernación, sin mencionar cuáles hechos constituían la base de la investigación.

Verbalmente, las autoridades del Ministerio Público le informaron que se la acusaba de haber utilizado fondos extranjeros desviados a través de la fundación para cometer “actos de terrorismo y desestabilización” desde 2018. La investigación está basada en la Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, sancionada en julio de 2018.

El 1 de junio, el equipo de defensa de Chamorro encontró una acusación en su contra en el sistema en línea del poder judicial. Los fiscales no le notificaron a ella ni a sus abogados sobre los cargos que figuraban en la acusación. El mismo día, la Fiscalía emitió una declaración pública en la que anunció que se investigaba a Chamorro por “los delitos de lavado de dinero, falsedad ideológica y gestión abusiva”, y solicitó su inhabilitación para ejercer cargos públicos porque, al encontrarse imputada de un delito, no estaba “en pleno goce de sus derechos civiles y políticos”. Conforme al derecho nicaragüense, la inhabilitación para ocupar cargos públicos es una sanción que solo puede adoptar el Consejo Supremo Electoral luego de que haya concluido un proceso judicial. La solicitud para inhabilitar a Chamorro fue anunciada el día después de que ella anunciara públicamente su intención de postularse a la presidencia, presentándose a las primarias de la Alianza Ciudadana por la Libertad, una coalición conformada por el partido Ciudadanos por la Libertad y la Alianza Cívica por la Justicia y la Democracia, que agrupa a movimientos sociales.

Asimismo, el Ministerio Público congeló los activos de Chamorro, levantó el sigilo bancario y le prohibió irse del país, asistir a ciertos lugares y reuniones, así como comunicarse con personas que tuvieran relación con la investigación. El derecho nicaragüense permite la adopción de estas medidas cuando sea necesario para una investigación penal.

El 2 de junio, según la defensa de Chamorro, oficiales de la policía en motocicletas junto con agentes antidisturbios y personas de civil arribaron al domicilio de Chamorro, allanaron su vivienda sin presentar una orden judicial y dispusieron su arresto domiciliario. Posteriormente, la policía le ordenó a la trabajadora doméstica que se encontraba en la vivienda de Chamorro que se retirara. La abogada de Chamorro no pudo verla ni hablar con ella, y la policía agredió a periodistas que cubrían el allanamiento. A la fecha de elaboración de este informe, Chamorro continuaba prácticamente incomunicada dentro de su vivienda.

En un comunicado de prensa que se publicó el 2 de junio, el Ministerio Público anunció que una jueza había autorizado el allanamiento y la detención de Chamorro. Ese señalamiento no se corrobora con un documento disponible en el sistema en línea del poder judicial que, según sostiene su abogada, únicamente revela que la jueza “convalidó” el accionar de la policía el 3 de junio, esto es, un día después de que ocurrió.

Según el derecho nicaragüense, la policía solo puede realizar allanamientos sin una orden judicial en casos urgentes muy específicos, como por ejemplo cuando se está ante la comisión de un delito o cuando una persona pide ayuda, y dicho allanamiento debe ser convalidado por un tribunal durante las 24 horas posteriores. Dado que el proceso de convalidación tiene por objetivo obtener una autorización judicial ex post facto, para allanamientos policiales en los cuales no se haya solicitado una orden judicial previa, la orden de convalidación en el caso de Chamorro sugiere claramente que el Ministerio Público y la policía no actuaron sobre la base de una autorización judicial preexistente. Dicha conclusión se apoya en el hecho de que la policía no exhibió una orden de allanamiento previo a su ingreso en el domicilio de Chamorro.

Asimismo, existen serias dudas acerca de la legitimidad del allanamiento que tuvo lugar en el domicilio de Chamorro y su posterior convalidación; según pudo determinar Human Rights Watch, no se cumplieron ninguna de las condiciones necesarias para realizar un allanamiento sin orden judicial previa.

Al 16 de junio, el equipo de defensores de Chamorro no había podido acceder al expediente judicial de su caso, más allá de la limitada información disponible en el sistema judicial en línea.

A su vez, oficiales acompañados de personas vestidas de civil intimidaron a una integrante del equipo de abogados de Chamorro cuando ella se retiraba de las oficinas del Ministerio Público el 27 de mayo, luego de presentar un documento vinculado a la causa. Oficiales y personas de civil la interceptaron en la vía pública, así como también a un periodista que había declarado en la causa y al abogado del periodista, y les solicitaron sus documentos de identificación. Luego, los separaron para interrogarlos y le dijeron a la integrante del equipo de abogados de Chamorro que se fuera a su auto. Oficiales le tomaron fotografías al vehículo y le preguntaron: “¿No tienes miedo de que alguien se lleve tu auto?”. Luego, la dejaron irse sin dar ninguna explicación. Una fotografía en la cual se observa a las tres personas siendo interceptadas por la policía corrobora este relato.

Marco Fletes y Walter Gómez, el ex contador y el gerente financiero de la fundación, respectivamente, están siendo investigados en la misma causa por presunto “lavado de dinero”. La noche del 28 de mayo, Fletes fue arrestado por personas de civil y Gómez fue detenido por policías, ambos en Managua, según trascendió en la prensa. La abogada de Gómez dijo a Human Rights Watch que ambos han estado incomunicados y que desde el momento del arresto se les impidió a sus familias y abogados verlos o hablar con ellos. Se encontrarían detenidos en la cárcel de El Chipote, pero no existe información oficial que confirme su paradero. Ambos seguían bajo investigación a la fecha de redacción de este informe.

En relación con la causa de Chamorro, el 25 de mayo, el Ministerio Público citó a Guillermo Medrano y a Lourdes Arróliga, dos miembros de la fundación, y a María Lilly Delgado, una periodista que había trabajado como consultora para la fundación. Cuando pidieron asistir acompañados por sus abogados, los fiscales les dijeron que si solicitaban declarar junto con sus abogados “iban a pasar de ser testigos a imputados”. Los tres se abstuvieron de declarar y, de acuerdo con una persona con conocimiento legal del caso, desconocen de qué delitos se les acusa. El 1 de junio, el Ministerio Público les prohibió salir del país, asistir a ciertos lugares y reuniones, y comunicarse con personas que tuvieran relación con los hechos objeto de investigación.

Comments

Popular Posts