La violencia sexual como violación de los derechos humanos

* * copiado tal cual de la página web de Amnistía Internacional: http://www.amnestyusa.org/derechos-humanos-de-la-mujer/hojas-de-datos-sobre-los-derechos-humanos-de-la-mujer/violencia-sexual/page.do?id=1107458


HOJA DE DATOS:
LA VIOLENCIA SEXUAL COMO VIOLACIÓN A LOS DD.HH.

La violencia sexual es un problema global. Aproximadamente una de cada cuatro mujeres sufre la violencia sexual a manos de un ser querido y para casi un tercio de niñas y adolescentes la primera experiencia sexual es forzada (OMS Informe Mundial Sobre la Violencia y la Salud, 2002). Cada año cientos de miles de mujeres son forzadas a la prostitución y miles de niñas sufren la mutilación genital. En conflictos armados cantidades incontables de mujeres y niñas son ultrajadas y abusadas sexualmente en actos de guerra por las fuerzas de seguridad y grupos opositores, y frecuentemente sufren más violencia en campamentos de refugiados. La violencia de este tipo promovida por los gobiernos también existe en tiempos de paz cuando las mujeres bajo custodia policial son atacadas en prisiones por miembros de los departamentos estatales.

De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS) la violencia sexual incluye lo siguiente:

- Las violaciones que ocurren dentro del matrimonio, en relaciones íntimas, o que son causadas por personas extrañas
- Las violaciones sistemáticas que ocurren en los conflictos armados
- Las propuestas sexuales sin acuerdo mutuo y el acoso sexual, lo que incluye las demandas de sexo a cambio de favores
- Los matrimonios forzados o la cohabitación, lo que incluye los matrimonios de menores de edad y niños
- La denegación del derecho a la contracepción o la adopción de medidas protectivas contra las enfermedades sexuales
- Los abortos forzados
- Los actos de violencia contra la integridad sexual de las mujeres (lo que incluye la MGF y exámenes forzados de virginidad)
- La prostitución forzada y el tráfico humano para la explotación sexual


LA VIOLENCIA SEXUAL: ENRAIZADA EN LA DISCRIMINACIÓN

La violencia sexual contra las mujeres está enraizada en una cultura global de discriminación que niega a las mujeres la igualdad de género a la vez que da legitimidad y sexualiza el control violento de los cuerpos femeninos para la gratificación individual o metas políticas. Las normas sociales y culturales que niegan a las mujeres la igualdad de género también las hacen más vulnerables a que sufran más violencia, ya que dichas costumbres niegan a las mujeres protecciones efectivas y las forzan a permanecer en situaciones de violencia. La violencia sexual no se da en aislamiento, sino que más bien se intensifica debido a la discriminación racial, étnica, de género, social, religiosa, o por razones de clase, casta y/o edad. Todos estos factores aumentan los riesgos de violencia contra las mujeres. Esta discriminación le niega a las mujeres sus derechos fundamentales de tipo social y económico y les limita el acceso a la justicia.


LA VIOLENCIA SEXUAL EN LOS DOCUMENTOS SOBRE DERECHOS HUMANOS

La violencia sexual ataca los estándares internacionales de derechos humanos. Es una forma de ataque que crea traumas físicos, psicológicos o heridas físicas. Las consecuencias médicas son serias y pueden resultar en la muerte, daños físicos, embarazos no deseados, esterilidad, enfermedades crónicas o que constituyen un riesgo de vida o muerte, así como un gran número de problemas mentales o emocionales tales como la depresión, ansiedades o la disfunción sexual.

- La Recomendación General 19 del CEDAW define a la violencia contra las mujeres y niñas como una forma de dicriminación que "incluye actos que causan, ó amenazan causar, daños o sufrimientos sexuales o mentales, la coerción o la falta de libertad."

- La Declaración para la Eliminación de la Violencia Contra las Mujeres define la violencia contra las mujeres como "cualquier acto por razones de género que resulta, o podría resultar, en daños o sufrimientos sexuales o psicológicos, incluyendo el riesgo de sufrir dichos actos, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea en ámbitos públicos o privados."

- El Estatuto de Roma declara que la violencia sexual y los ultrajes sexuales cometidos por combatientes durante el desarrollo de conflictos armados son crimenes de guerra. De acuerdo al estatuto la violencia sexual puede ser considerada como un crimen en contra de humanidad y en algunos casos se considera como un elemento de los actos de genocidio.


LA VIOLENCIA SEXUAL POR GRUPOS ARMADOS Y AGENTES ESTATALES

De acuerdo a los estándares internacionales de derechos humanos los Estados están obligados a combatir y eliminar la violencia sexual causada por el Estado o agentes estatales.

1. Situaciones de Conflicto. La violencia sexual contra las mujeres fue reportada en casi todos los conflictos armados que fueron investigados en 1999 y el 2000 por Amnistía Internacional. La violación sexual como arma de guerra fue utilizada en forma sistemática para lograr una gran cantidad de objetivos, entre ellos la intimidación, la humillación, el terror político, la extracción forzada de información, la "limpieza étnica", o como una forma de recompensar a los soldados. El Estatuto de Roma y la Corte Internacional de Justicia reconocen que las violaciones sexuales en situaciones de conflicto son crimenes de guerra y contra la humanidad. Además de la violencia que sufren a manos de grupos armados de oposición, las mujeres que viven en situaciones de conflicto muchas veces sufren violencia sexual a manos de las fuerzas de seguridad o los miembros de las fuerzas de paz.

2. Mujeres Refugiadas. Las mujeres que huyen de los campamentos de refugiados para escapar la persecución política, económica, social, cultural, religiosa o étnica, frecuentemente sufren abusos sexuales durante el viaje o al llegar a dichos campamentos. Las mujeres se convierten en víctimas del ultraje y la violencia sexual a manos de las fuerzas de seguridad, guardias fronterizos, contrabandistas, otras personas o refugiados. Los guardias de los campamentos y los refugiados que son hombres ven a las mujeres y las niñas solas como propiedad sexual colectiva.

3. Las Mujeres Prisioneras. Frecuentemente, el encarcelamiento de muchas mujeres es acompañado por ultrajes, ataques sexuales y manoseos. Muchas prisioneras son forzadas a hacer el sexo a cambio de "favores" tales como comida extra o productos higiénicos o para evitar sufrir castigos a manos de los empleados o guardias correccionales. Muchas veces las víctimas temen reportar dichos abusos por creer que las acusaciones no serán tomadas seriamente o por temor de ser blancos de actos de venganza por parte de los perpetradores.

4. La Esclavitud Sexual. Muchos casos de violencia sexual durante conflictos armados ocurren bajo condiciones de esclavitud. A las mujeres que son esclavizadas para satisfacer los deseos sexuales de agentes estatales se les niegan sus derechos de autonomía y/o integridad física. Uno de los casos más conocidos es el de las víctimas de la esclavitud sexual en los campamentos de violación organizados a travéz de Asia por el Ejército Imperial Japonés durante la II Guerra Mundial, cuando más de 2000,000 mujeres y niñas estuvieron esclavizadas en dichos centros. La esclavitud sexual y la explotación cometidas por fuerzas de seguridad y grupos armados opositores están bien documentadas en todo el mundo.


LA VIOLENCIA SEXUAL EN EL HOGAR Y LA COMUNIDAD

Contrario a las creencias populares, la mayoría de los abusos sexuales ocurren en el hogar o la comunidad de la víctima. El Estado tiene la obligación de combatir la violencia que ocurre en todos los ámbitos, privados y públicos. De acuerdo a los conceptos legales de diligencia debida e igualdad de protección ante la ley, el Estado tiene la responsabilidad de investigar, juzgar y garantizar que se castigue a los culpables y/o compense adecuadamente a las víctimas, sin importar si los mismos son causados por agentes privados o estatales.


LA EXPLOTACIÓN SEXUAL DE EMPLEADAS DOMÉSTICAS

Las empleadas domésticas, entre las que hay muchas extranjeras, son frecuentemente abusads sexualmente por sus patrones. Muchas veces, las mujeres que han llegado al país sin documentos o que han perdido sus papeles de identidad después de ser "traficadas" no pueden buscar remedios legales para los abusos que han sufrido y para muchas de ellas el estatus migratorio no les permite cambiar de empleo, aún si han escapado de un patrón abusivo (ya que entonces se convierten en "imigrantes ilegales" y por lo tanto sujetas a ser perseguidas por la ley). Estas mujeres por lo tanto están ligadas a sus patrones y esencialmente viven como esclavas, lo que viola la Declaración Universal de los DD.HH.


LAS VIOLACIONES SEXUALES EN EL MATRIMONIO

El matrimonio muchas veces legitimiza una diversidad grande de abusos. Las mujeres que son ultrajadas dentro de relaciones matrimoniales sufren traumas y aislamiento. Con frecuencia el Estado no reconoce que la violencia sexual dentro del matrimonio es un crimen y esto influencia la forma en que se percibe dicha violencia. En el Informe de AI del 2002 sobre Kenia muchas de las personas entrevistadas respondieron que consideraban que dichos abusos son algo normal en la vida y aún más: símbolos de amor. Las legislaciones de muchos países fortalecen dichas ideas, como lo demuestra el hecho que actualmente solo 27 países tienen legislación que criminaliza el ultraje marital.


LA MUTILACIÓN GENITAL FEMENINA (MFG)

La MGF consiste en la extirpación de los órganos genitales femeninos. En su forma más severa, a las mujeres o niñas les quitan los genitales, luego se los suturan y les dejan únicamente un pequeño orificio para el coito y la menstruación. Muchas veces dicho procedimiento resulta en infecciones, shock, hemorragias, abscesos, tumores nerviosos benignos, quistes, cicatrices, infecciones crónicas del tracto urinario y la pélvis, daños permanentes durante el parto o la muerte, y la infertilidad. Se estima que 135 millones de mujeres, niñas y adolescentes han sufrido la MGF y que cada año dos millones más corren el riesgo de ser mutiladas -aproximadamente un promedio de 6,000 por día.


EL TRÁFICO DE MUJERES/PROSTITUCIÓN FORZADA

Las mujeres son reclutadas con promesas falsas, forzadas, transportadas, vendidas y compradas para una gran variedad de fines que incluyen el sexo para turistas y los matrimonios forzados. A las mujeres víctimas del tráfico para la explotación sexual sus victimarios frecuentemente las ultrajan para quebrarlas física o emocionalmente y forzarlas a la prostitución. Muchas sufren golpes y ultrajes como castigo por tratar de escapar o negarse a hacer el sexo a cambio de dinero. Ellas son forzadas a tener sexo sin protección, a pesar de que eso las pone en grandes riesgos de contraer el SIDA/VIH. Estó reconocido internacionalmente que el tráfico humano y la prostitución forzada son serias violaciones de los derechos humanos. La Convención para la Eliminación de Toda Discriminación Contra la Mujer específicamente requiere que el Estado "suprima todas las formas de tráfico de mujeres y la explotación de las mujeres en la prostitución." (Artículo 6)


LOS PROBLEMAS DE LA IMPUNIDAD

Los perpetradores de la violencia sexual contra las mujeres son raramente procesados y juzgados por sus actos. Muchas víctimas de la violencia sexual tienen pocos recursos y/o alternativas y las agencias del Estado casi siempre operan en un ambiente que promueve la discriminación de género. Muchas mujeres que denuncian los casos de violencia sexual sufren el ostracismo en sus comunidades, donde se les considera culpables por los abusos sexuales y/o son maltratadas. Otras no reportan los casos de abuso en relaciones íntimas por miedo a ser víctimas de la venganza, lo que podría incluir abusos físicos, sufrimientos económicos y/o pérdida de los derechos de custodia sobre los hijos. Los casos y la aceptación de la violencia sexual contra las mujeres están tan enraizadas en la sociedad que raramente son censuradas en público o condenadas.

La violencia sexual contra las mujeres es una violación a los derechos humanos que no puede ser justificada por ninguna razón pública, social, religiosa o cultural. Una cultura global de discriminación contra las mujeres permite que la violencia sexual ocurra diariamente en la impunidad. Amnistía Internacional le hace un llamado a usted para que nos ayude a erradicar toda forma de violencia contra las mujeres y para que cada una logre una vida de igualdad y dignidad humana.

Para mayor información sobre los derechos humanos de la mujer visite el sitio de Internet www.amnestyusa.org/women, o contáctenos por correo a la siguiente dirección: AIUSA,322 Eighth Avenue New York, NY 10001, o lláme al teléfono (212) 633-4292

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