Derechos laborales de las víctimas de violación

Estoy leyéndome un librillo sobre derechos para víctimas de violencia sexual en el estado de Washington y el punto sobre el derecho a ausentarse del trabajo me parece interesante. Comparto:

III. DERECHO A AUSENTARSE DEL EMPLEO

Si necesita tomar un tiempo de descanso de su trabajo debido a agresión sexual, puede ausentarse de
su trabajo por un tiempo razonable, para actividades específicas.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS PERMITIDAS

- Para buscar asistencia legal o de la policía o remedios para asegurar su salud y seguridad
- Para buscar tratamiento de un proveedor de atención a la salud por lesiones físicas o mentales
- Para obtener servicios de un programa contra la agresión sexual de la comunidad u otro programa de servicios sociales;
- Para obtener asesoramiento de salud mental relacionado con la agresión sexual; o bien
- Para participar en planificación de seguridad, mudarse en forma temporal o permanente, o para tomar otras medidas para aumentar su seguridad, según sea necesario.

El descanso que usted tome es con o sin sueldo. Usted puede elegir usar sus días de licencia por enfermedad y otro tiempo libre pagado, tiempo compensatorio, o tiempo de permiso de ausencia no remunerado.

Debe dar aviso anticipado a su empleador de que tiene la intención de ausentarse. El tiempo oportuno del aviso debe ser consistente con la norma indicada por el empleador para solicitar dicha ausencia, si el empleador tiene una norma. Si no se puede dar aviso con anticipación debido a circunstancias de emergencia o imprevistas, usted debe dar aviso a más tardar hasta el final del primer día en que se ausentó.

VERIFICACIÓN

Su empleador podría solicitar verificación de que usted es víctima de agresión sexual y que se ausentó para una de las actividades permitidas que se mencionan anteriormente. Se debe proporcionar la verificación de manera oportuna. Si no se puede dar aviso con anticipación, se debe proporcionar la verificación a su empleador en el plazo de un tiempo razonable durante o después de la ausencia.

Se puede satisfacer el requisito de verificación al proporcionar uno de los siguientes:

- Un informe de la policía indicando que usted es una víctima;
- Una orden de la corte que le protege del perpetrador,
- Otra evidencia de la corte o del fiscal de que usted se presentó o se le ha programado para que se presente en la corte debido a la agresión sexual;
- documentación de un asesor para víctimas, un abogado, un miembro del clero, o un profesional de atención médica u otro del cual usted buscó su ayuda;

Usted no está obligada(o) a proporcionar ni revelar ninguna información acerca de la agresión sexual con su empleador, fuera de proporcionar la verificación.

Cuando usted retorne de su ausencia, su empleador debe darle su puesto anterior o un puesto con beneficios, sueldo, y otros términos y condiciones de empleo equivalentes. Mientras esté ausente, su empleador debe también mantener su cobertura de seguro de salud, si se la ha proporcionado generalmente como un beneficio.


Fuente: “Conozca sus derechos. Información para sobrevivientes de violencia sexual”
© Centro contra la agresión sexual (SVLC) y la Coalición de Washington para programas contra la agresión sexual (WCSAP), 2008.

CENTRO LEGAL CONTRA LA AGRESIÓN SEXUAL
810 Third Ave, Suite 500
Seattle, WA 98104
TEL 206-624-0621 FAX 206-682-2305
http:// www.svlawcenter.org

COALICIÓN DE WA PARA
PROGRAMAS CONTRA LA AGRESIÓN SEXUAL
4317 6th Ave., SE Suite 102
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Tel 360-754-7583 Fax 360-786-8707
360-709-0305 tty
http://www. wcsap.org

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