La alegría de la huerta

Un hombre condenado por la Audiencia Provincial de Cáceres a 11 años y 9 meses de cárcel por maltrato físico y psicológico y violar a su mujer repetidas veces, ha visto su condena anulada por el Tribunal Supremo que, según donde se lea la noticia, (a) no cree la versión de los hechos que dio la mujer, (b) no está satisfecho con la explicación de las razones que llevaron al tribunal de instancia a dictar una condena de casi 12 años.

Que el Tribunal Supremo no se crea la versión de los hechos que da la mujer no me extraña porque en España (como en cualquier tribunal del mundo), una mujer violada no es una víctima sino – entre muchas otras cosas – simplemente una amargada que quiere sacarle dinero al marido. Al Tribunal Supremo español le da igual que este energúmeno le pegase, la insultase, le dijera cosas como “eres una analfabeta, una inculta, no vales para nada, y no hables delante de la gente porque no dices más que tonterías”, la sacase de la cama que compartía con la hija para violarla… todo esto son groserías inadmisibles pero no motivo suficiente para condenarlo a 11 años y 9 meses de cárcel. Apaga y vámonos – que el maltrato psicológico no es motivo para mandar a un hombre derechito a la cárcel.

Que se rechace una sentencia por la forma en la que está redactada me lleva a varias preguntas. Primero, ¿qué les enseñan a los abogados y jueces entre la carrera y los años de práctica? ¿ahora también van a echarle la culpa a las secretarias y los funcionarios {caso Mari Luz}? Segundo, si la sentencia original no está bien redactada, ¿por qué no se lo han devuelto a la Audiencia Provincial de Cáceres y han hecho que les manden un documento redactado en condiciones? Tercero, ¿es que en el primer juicio no presentaron pruebas que avalen la condena? ¿no puede el Tribunal Supremo acceder a informes policiales, médicos, psicológicos, etc? ¿no tienen acceso a esos informes? Tal y cómo está el patio en España con el tema de la violencia domestica y el maltrato no creo que la condena de 11años le cayese por un capricho del juez o los abogados.

Total, que sólo lo consideran culpable de un delito de lesiones por el que mantienen una condena de 2 años pero, como no tiene antecedentes, no va a pisar la cárcel. Tenemos un Tribunal Supremo que es la alegría de la huerta.

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