Muévete por los derechos LGBTs en Uganda
El día
20 de diciembre el parlamento ugandés aprobó una ley LGBTfoba por la que se
autoriza la cadena perpetua para hombres homosexuales (*) y que está a la
espera de ser ratificada por el presidente del gobierno.
Me
comentan 2 amigas ugandesas que en los servicios religiosos de esta semana para
celebrar la Navidad a los sacerdotes les faltó tiempo para loar esta gran ley
que protege a la población ugandesa.
Iré
colgando llamadas a la acción de Amnistía Internacional como esta que pongo aquí
y traduciendo/colgando lo que me dé tiempo.
Escribía
(*) arriba porque ¿qué es un hombre homosexual para esta gente? No sólo el gay
que tenga pluma, sino cualquier hijo de vecino gay o hetero con cuyas tierras
quieran quedarse, también un ladrón o delincuente común con varias detenciones,
también los toxicómanos, también los seropositivos… por no hablar de la
invisibilidad de las lesbianas. ¿Cuántas tienen que ser violadas correctivamente
o casadas contra su voluntad y violadas por sus maridos para que se hable de
ellas?
* * * *
*
(copio
y pego de un email de Amnistía Internacional que me llegó la semana pasada)
APROBADO
EN EL PARLAMENTO EL PROYECTO DE LEY CONTRA LA HOMOSEXUALIDAD
El
Parlamento de Uganda ha aprobado un proyecto de ley que afianza la
discriminación y el odio contra las personas lesbianas, gay, bisexuales,
transgénero e intersexuales. Posteriormente, ha sido sometido a consideración
del presidente, que puede vetarlo o pedir al Parlamento que reconsidere
disposiciones concretas.
El 20
de diciembre, tras haberse presentado ante el Parlamento el proyecto de ley
contra la homosexualidad, éste lo aprobó en cuestión de minutos. La primera vez
que lo habían presentado ante el Parlamento fue en 2009.
El
Código Penal ugandés prohíbe ya el "conocimiento carnal contra
natura", punible con cadena perpetua, pero el proyecto de ley va mucho más
allá, y menciona a una serie de personas que podrían ser detenidas por
"homosexualidad con agravantes", delito castigado ahora con la cadena
perpetua como pena máxima, y no con la pena de muerte como se preveía en un
anteproyecto anterior. Las personas susceptibles de ser acusadas de
"homosexualidad con agravantes" son, entre otras, los
"delincuentes reincidentes" y cualquier persona seropositiva de quien
se demuestre que ha tenido relaciones sexuales con una persona del mismo sexo,
incluso en el caso de que dichas relaciones hayan sido consentidas, y se haya
utilizado protección. Otras
disposiciones del proyecto que preocupan son las que criminalizan la
"promoción" de la homosexualidad, que obligan a someterse a las
pruebas de detección del VIH en algunos casos, e imponen cadena perpetua a los
o las integrantes de matrimonios homosexuales.
El 10
de septiembre, la portavoz del gobierno ante el Parlamento presentó una lista
de control sobre derechos humanos para dotar a los legisladores de criterios
que les permitieran comprobar si una ley podía o no violar derechos y
libertades fundamentales protegidos por la Constitución ugandesa, incluidos la
libertad de expresión y la no discriminación. Si el presidente da su
consentimiento y el proyecto de ley se promulga, se violarán estos derechos,
así como muchos otros protegidos por la Constitución de Uganda y los tratados
internacionales y regionales de derechos humanos en los que Uganda es Estado
Parte.
El
presidente puede rechazar el proyecto de ley en su totalidad o pedir al
Parlamento que reconsidere disposiciones concretas. No obstante, incluso en el
caso de que el presidente lo apruebe sólo tras la incorporación de enmiendas,
probablemente este proyecto de ley tendrá durante mucho tiempo efectos nocivos
sobre cualquier persona ugandesa que pueda haber infringido alguna de sus
amplias disposiciones. Además, dificultará de modo considerable el trabajo de
los defensores y defensoras de los derechos humanos y de los profesionales de
la salud pública.
Escriban
inmediatamente, en inglés o en su propio idioma:
- instando
al presidente ugandés a vetar el proyecto de ley en su totalidad,
- recordando
al presidente de Uganda que, si se aprueba esa ley, se conculcarán derechos
consagrados en la Constitución del país y en los tratados internacionales y
regionales de derechos humanos en los que Uganda es Estado Parte.
ENVÍEN
LOS LLAMAMIENTOS, ANTES DEL 31 DE ENERO DE 2014, A:
Presidente
de la República de Uganda
President
of the Republic of Uganda
H.E.
Kaguta Yoweri Museveni
Office
of the President
P.O Box
7168, Kampala, Uganda
Correo-e:
info@statehouse.go.ug
Fax:
+256 414 235 462
Tratamiento:
Your Excellency / Excelencia:
Si
tienen algún problema con la dirección de correo electrónico, utilicen esta
otra: ps@opm.go.ug
Envíen
también copias a la representación diplomática de Uganda.
Embajada
Uganda
13
Avenue Raymond Poincaré .- 75116 PARIS
Fax: 33
145 05 21 22
E-mail:
uganda.embassy@club-internet.fr
Consulten
con la oficina de su Sección si van a enviar los llamamientos después de la
fecha indicada.
ACCIÓN
URGENTE
APROBADO
EN EL PARLAMENTO EL PROYECTO DE LEY CONTRA LA HOMOSEXUALIDAD
INFORMACIÓN
ADICIONAL
El
proyecto de ley contra la homosexualidad se presentó por primera vez en octubre
de 2009, pero fue el 20 de diciembre cuando el Parlamento finalmente lo aprobó,
tras haberlo debatido.
Ahora
que el Parlamento lo ha aprobado, ha sido remitido al presidente Museveni, que
tiene 30 días para firmarlo o vetarlo. Si lo firma, se convertirá en ley, pero
si lo veta volverá al Parlamento, donde se someterá nuevamente a votación. En
caso de que el Parlamento volviera a aprobarlo, el presidente podría vetarlo
por segunda vez. Por último, si el proyecto de ley volviera al Parlamento por
tercera vez, y fuera aprobado por una mayoría de dos tercios, la ley se
promulgaría al margen de que el presidente diera o no su consentimiento. Si el
presidente ni veta el proyecto de ley ni da su consentimiento en el plazo de 30
días tras su aprobación en el Parlamento, la ley se promulgará automáticamente.
La
aprobación de este proyecto de ley se ha producido en un momento en el que el
derecho a la libertad de expresión y asociación se ve cada vez más limitado en
Uganda. Se ha prohibido a numerosos grupos que celebren manifestaciones, y los
activistas que disienten sobre cuestiones como la política de administración
petrolífera, la corrupción y los derechos humanos se ven continuamente
intimidados, hostigados y vigilados.
Este
proyecto de ley afectaría también gravemente al derecho al más alto nivel
posible de salud de personas lesbianas, gay, bisexuales, transgénero e
intersexuales en Uganda, ya que las disposiciones sobre las relaciones sexuales
de las personas seropositivas podrían disuadir a la población de averiguar su
propio estado serológico, y en algunos casos las disposiciones sobre la
realización forzosa de pruebas de detección del VIH podrían violar también ese
derecho. Desde un punto de vista más general, la promulgación de este proyecto
de ley y el clima de hostilidad que crea hacia la personas LGBTI o que parezcan
serlo, puede limitar la capacidad de los profesionales de la salud de atender a
esas personas y, en particular de facilitar servicios de prevención del VIH a
hombres que tengan relaciones sexuales con otros hombres
El 10
de septiembre de este año, la portavoz del gobierno ante el Parlamento presentó
una lista de control sobre derechos humanos para dotar a los legisladores de
criterios que les permitieran comprobar si una ley podía o no violar derechos y
libertades fundamentales protegidos por la Constitución ugandesa, incluidos la
libertad de expresión y la no discriminación. La aprobación del proyecto de ley
contra la homosexualidad sólo tres meses después indica que los parlamentarios
ugandeses no han tenido en absoluto en cuenta ese compromiso.
Un
porcentaje considerable de la población ugandesa tiene opiniones homófobas muy
arraigadas, por lo que el proyecto de ley goza de apoyo popular dentro del país. Sin embargo, internacionalmente ha sido
condenado. Varios gobiernos han expresado ya su preocupación al respecto,
incluidos los de Canadá, Suecia, Francia, Reino Unido y Estados Unidos, además
de la UE. Suecia ha llegado incluso a afirmar que, si se promulga la ley,
recortará los fondos que destina a Uganda, y tanto ONUSIDA como la OMS han
anunciado que, de aprobarse, reexaminarán su decisión de situar en Uganda la
sede del Programa Africano sobre la Vacuna contra el SIDA Por su parte,
activistas de Uganda han advertido de que la retirada de fondos de otros países
a causa de esta ley podría ser contraproducente y perjudicar su lucha contra el
proyecto de ley. Amnistía no apoya que
se retiren fondos de Uganda a causa de la aprobación del proyecto de ley.
Tanto
AI como otras organizaciones de derechos humanos han documentado casos de
discriminación, detención arbitraria, reclusión, tortura y otros malos tratos
infligidos a personas lesbianas, gay, bisexuales, transgénero e intersexuales
(LGBTI) en Uganda. Estas violaciones de derechos humanos han sido cometidas con
el pretexto de hacer cumplir disposiciones existentes del Código Penal ugandés.
Asimismo, las personas LGBTI han sido excluidas de los programas
gubernamentales de prevención del VIH/sida y de la prestación de otros
servicios de salud. Este proyecto de ley podría perpetuar e institucionalizar
aún más esas prácticas discriminatorias. Además, en caso de ser aprobado y
adquirir rango de ley, este proyecto de ley transmitiría el claro mensaje de que
las personas que ataquen de manera violenta a personas únicamente por su
orientación sexual o su orientación de género, reales o supuestas, no tendrán
que rendir cuentas por tales ataques.
Si
recibe contestación de una autoridad, envíenos el original o una copia, por
favor, lo antes posible (ref.: "Equipo AAUU - Respuesta"). Sólo es
necesario que indique en el reverso de la misma el número que tiene la Acción
Urgente a la que le han contestado (por ejemplo "AU 25/99" o bien
"EXTRA 84/99"). No es necesario que nos envíe copia de su propia
carta. Si no desea que le enviemos un acuse de recibo, indíquenoslo también en
el dorso con las palabras "No acuse". Gracias por su colaboración.
Equipo
de Acciones Urgentes de Amnistía Internacional
Secretariado
Estatal
Fernando
VI, 8, 1º izda.
28004
Madrid
Telf. +
91 310 12 77
Fax +
91 319 53 34
aauu@es.amnesty.org
http://www.es.amnesty.org
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