Si cuando yo digo que la justicia española es un cachondeo…

Me han pasado enlace al vídeo que cuelgo abajo que a su vez tenía un enlace al artículo que también cuelgo abajo sobre la absolución de un violador y dos cómplices a finales de los 90 en España. Un violador reconocido por su víctima en ruedas de reconocimiento, pero absuelto por no poder determinar el juez quién la había violado. Tócate los huevos, Manuel.

La violación ocurrió en 1998 y me pregunto: ¿en esa época no había pruebas de ADN en España? ¿no las hay ahora? ¿alguien sabe a qué se han dedicado Valentín González González, José Luis Fierro Rodríguez y Arturo Sánchez Pérez desde entonces? ¿siguen en el cuerpo de policía como si no hubiera pasado nada? ¿cuándo prescriben las violaciones en España? ¿por qué no vuelven a analizar el semen y demás material biológico que dejase detrás el violador? ¿no puede reabrirse el caso? ¿por qué no se hace justicia para esa mujer?

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La Audiencia considera "indudable" que un policía violó a una mujer en la comisaría de Bilbao

© Aitor Guenaga Bidarruzaga, El País

-          La Audiencia considera "indudable" que un policía violó a una mujer en la comisaría de Bilbao
-          El tribunal absuelve a los tres agentes acusados al no poder identificar al responsable

Una mujer brasileña fue violada por un agente uniformado en 1995 en una de la celdas de la comisaría que el Cuerpo Nacional de Policía tiene en Bilbao. Así de "indudable" lo considera la Sección Segunda de la Audiencia de Bilbao, pese a que no ha conseguido identificar al agresor. La sala absuelve a los tres policías que habían sido procesados por la violación y critica que la "tesis oficial" de la policía haya sido "negar el delito", porque "no se evitarán hechos como éste mientras la actitud policial sea un irresponsable negarse a aceptar la realidad". La fiscalía no acusó.

De nuevo el relato coherente de una mujer violada y las explicaciones dadas por los forenses sobre las lesiones producidas durante la agresión sexual han servido para que la justicia considere "indudable" que se ha producido una violación. Junto a esto, el tribunal valora los informes presentados por separado por dos peritos en los que se diagnostica a la denunciante un "cuadro de estrés postraumático", típico de las mujeres de las que se ha abusado sexualmente en el que reviven constantemente y de manera obsesiva lo acontencido. La sala considera además que no se ha probado que la denunciante ejerciera la prostitución, motivo por el que fue arrestada. Los hechos se remontan a la madrugada del 29 de agosto de 1995, cuando agentes de la Brigada Provincial de Extranjería realizaron una redada en Barakaldo en dos clubes relacionados con la prostitución dentro de un operación para desarticular una red organizada. La brasileña Rita M. R. fue detenida en el "club de alterne" Trastevere y, posteriormente, trasladada a la comisaría de Indautxu para iniciar los trámites de su expulsión de España. Tras ser conducida al hospital de Basurto, poco antes de las seis de la madrugada fue trasladada de nuevo a comisaría donde, según los hechos probados en la sentencia, "un miembro del Cuerpo Nacional de Policía, vestido de uniforme le introdujo en los calabozos y, una vez que hubieron cogido una colchoneta, le metió en un calabozo, en donde le obligó a quitarse los pantys e indicándole que no chillara y tras colocarse un preservativo, le dijo que "a las prostitutas lo que le gusta es follar" y le penetró vaginalmente venciendo la resistencia que oponía" la mujer, que presentó la denuncia el 31 de agosto, cuando se encontraba en libertad. Pese a que la mujer consiguió identificar en 13 ruedas de reconocimiento -en las que comparecieron 65 policías- al acusado de la violación y ahora absuelto, Valentín González González, algunas de las imprecisiones en sus declaraciones no permiten una sentencia condenatoria. La sala subraya también que los "datos estructurales" de la coartada del agente se han "venido abajo". Los otros dos procesados y absueltos son los agentes que custodiaban el calabozo: José Luis Fierro Rodríguez y Arturo Sánchez Pérez. La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Ayala, indica que no está acreditado que estos dos acusados cooperaran de alguna manera al hecho, "ni siquiera que supieran que se iba cometer, se estaba cometiendo o se había cometido". Sin embargo les reprocha el que siendo conocedores del violador lo "han protegido al no denunciarle", infringiendo sus deberes profesionales.


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