Si cuando yo digo que la justicia española es un cachondeo…
Me han pasado
enlace al vídeo que cuelgo abajo que a su vez tenía un enlace al artículo que también
cuelgo abajo sobre la absolución de un violador y dos cómplices a finales de
los 90 en España. Un violador reconocido por su víctima en ruedas de reconocimiento,
pero absuelto por no poder determinar el juez quién la había violado. Tócate
los huevos, Manuel.
La violación ocurrió
en 1998 y me pregunto: ¿en esa época no había pruebas de ADN en España? ¿no las
hay ahora? ¿alguien sabe a qué se han dedicado Valentín González González, José
Luis Fierro Rodríguez y Arturo Sánchez Pérez desde entonces? ¿siguen en el
cuerpo de policía como si no hubiera pasado nada? ¿cuándo prescriben las
violaciones en España? ¿por qué no vuelven a analizar el semen y demás material
biológico que dejase detrás el violador? ¿no puede reabrirse el caso? ¿por qué no
se hace justicia para esa mujer?
* * * * *
La Audiencia
considera "indudable" que un policía violó a una mujer en la
comisaría de Bilbao
© Aitor Guenaga
Bidarruzaga, El País
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La Audiencia considera "indudable" que un policía violó a
una mujer en la comisaría de Bilbao
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El tribunal absuelve a los tres agentes acusados al no poder
identificar al responsable
Una mujer
brasileña fue violada por un agente uniformado en 1995 en una de la celdas de
la comisaría que el Cuerpo Nacional de Policía tiene en Bilbao. Así de
"indudable" lo considera la Sección Segunda de la Audiencia de
Bilbao, pese a que no ha conseguido identificar al agresor. La sala absuelve a
los tres policías que habían sido procesados por la violación y critica que la
"tesis oficial" de la policía haya sido "negar el delito",
porque "no se evitarán hechos como éste mientras la actitud policial sea
un irresponsable negarse a aceptar la realidad". La fiscalía no acusó.
De nuevo el relato
coherente de una mujer violada y las explicaciones dadas por los forenses sobre
las lesiones producidas durante la agresión sexual han servido para que la
justicia considere "indudable" que se ha producido una violación.
Junto a esto, el tribunal valora los informes presentados por separado por dos
peritos en los que se diagnostica a la denunciante un "cuadro de estrés
postraumático", típico de las mujeres de las que se ha abusado sexualmente
en el que reviven constantemente y de manera obsesiva lo acontencido. La sala
considera además que no se ha probado que la denunciante ejerciera la prostitución,
motivo por el que fue arrestada. Los hechos se remontan a la madrugada del 29
de agosto de 1995, cuando agentes de la Brigada Provincial de Extranjería
realizaron una redada en Barakaldo en dos clubes relacionados con la
prostitución dentro de un operación para desarticular una red organizada. La
brasileña Rita M. R. fue detenida en el "club de alterne" Trastevere
y, posteriormente, trasladada a la comisaría de Indautxu para iniciar los
trámites de su expulsión de España. Tras ser conducida al hospital de Basurto,
poco antes de las seis de la madrugada fue trasladada de nuevo a comisaría
donde, según los hechos probados en la sentencia, "un miembro del Cuerpo
Nacional de Policía, vestido de uniforme le introdujo en los calabozos y, una
vez que hubieron cogido una colchoneta, le metió en un calabozo, en donde le
obligó a quitarse los pantys e indicándole que no chillara y tras colocarse un
preservativo, le dijo que "a las prostitutas lo que le gusta es
follar" y le penetró vaginalmente venciendo la resistencia que
oponía" la mujer, que presentó la denuncia el 31 de agosto, cuando se
encontraba en libertad. Pese a que la mujer consiguió identificar en 13 ruedas
de reconocimiento -en las que comparecieron 65 policías- al acusado de la
violación y ahora absuelto, Valentín González González, algunas de las
imprecisiones en sus declaraciones no permiten una sentencia condenatoria. La
sala subraya también que los "datos estructurales" de la coartada del
agente se han "venido abajo". Los otros dos procesados y absueltos
son los agentes que custodiaban el calabozo: José Luis Fierro Rodríguez y
Arturo Sánchez Pérez. La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado
Juan Ayala, indica que no está acreditado que estos dos acusados cooperaran de
alguna manera al hecho, "ni siquiera que supieran que se iba cometer, se
estaba cometiendo o se había cometido". Sin embargo les reprocha el que
siendo conocedores del violador lo "han protegido al no denunciarle",
infringiendo sus deberes profesionales.
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