Incestópolis
© Franco
Martínez Mont, Prensa Libre
Trascendiendo
la trillada coyuntura nacional, elección de presidente de la CSJ e
internacional espionaje histórico y ahora más sofisticado de EE. UU. a los
“aliados”, es necesario abordar integralmente la naturaleza, características e
implicaciones de un flagelo psicosocial que explica en buena medida el
preocupante incremento de embarazos de niñas en el país: el incesto. El incesto,
concebido como una modalidad del abuso sexual infantil es definido como “el
contacto sexual entre familiares, consanguíneos o afines.
Esta
relación puede ocurrir con o sin consentimiento de una de las personas,
(aunque) los actos sexuales frecuentemente se presentan con acoso, con
violencia física e incluso con violación”. (CREFAL, 2000:48).
En
esencia, el incesto pulveriza los límites trasgeneracionales, ya que modifica
el statu quo biológico y moral en las relaciones familiares para lograr la
satisfacción sexual de un individuo; una simbiosis que Lévi-Strauss tomó como
referencia para explicar el movimiento fundamental del pasaje de la naturaleza
a la cultura —universalidad de los instintos animales hacia la coercitividad de
las leyes sociales—.
En
Incestópolis, los abusos sexuales infantiles aumentan velozmente. Por ejemplo,
en 2007 se registraron 269 casos, y en 2012 la cifra llegó a más de 3 mil
casos. Para marzo de 2013, había 934 casos a nivel nacional.
Dentro
de los principales rasgos del incesto están: a) es mayormente cometido por el
padre biológico y/o el padrastro; b) se realiza sin violencia, suele ser
repetitivo y tiene un tinte dogmático; c) puede prolongarse durante varios años
sin ser descubierto; d) utiliza el engaño, la seducción, la fuerza, la amenaza
o la culpa; y e) los niños sienten temor de que la familia se separe al
enterarse; o asumen que serán responsables si el agresor es castigado, haciendo
más difícil su denuncia e investigación.
Los
instrumentos jurídicos relacionados con la problemática son la Convención sobre
los Derechos del Niño, el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los
Derechos del Niño, la Convención Interamericana sobre el Tráfico Internacional
de Menores, la Carta Magna, la Ley de Protección Integral de la Niñez y la
Adolescencia, y el Código Penal.
Los
efectos del incesto se dan en tres ámbitos: 1) físico —lesiones corporales o
genitales, contagio de enfermedades de transmisión sexual y VIH—; 2)
psicológicas —miedo, depresión, culpa, vergüenza, aislamiento, baja autoestima
e impotencia—, y 3) sociales —pérdida de potencial laboral, reorientación de la
inversión pública para atender dicha problemática pública, crisis del tejido
familiar, agudización de la cultura de violencia e impunidad—; los cuales aniquilan
cualquier posibilidad de desarrollo humano de los infantes, pues el caldo de
cultivo para la reproducción del incesto radica en la disfuncionalidad familiar
—padres adictos al alcohol y drogas—, patriarcalismo e imaginario trastornado
de la masculinidad —poder, fuerza y esclavismo sexual—, reconocimiento del sexo
y sexualidad como tabú; no olvidando que el incesto ocurre en todos los
estratos socioeconómicos.
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