Abortos clandestinos en El Salvador

* * copiado tal cual del informe "Al borde de la muerte. Violencia contra las mujeres y prohibición del aborto en El Salvador" de Amnistía Internacional

Amnistía Internacional entrevistó a mujeres y médicos que contaron las circunstancias precarias y clandestinas en las que se les practicó un aborto a ellas o a sus pacientes. Algunas recurren a métodos peligrosos como ingerir pesticidas. Otras se introducen objetos afilados en el cuello del útero, como agujas de tejer o trozos de madera. Las mujeres que tienen más recursos económicos acuden a los servicios de costosas clínicas clandestinas. Sin embargo, el carácter ilegal de estas clínicas hace que eludan a la regulación y supervisión de las autoridades, algo crucial para proteger la salud y la vida de las mujeres.

“En un país como éste donde el aborto es penalizado, nos da un miedo a nosotras. Hacerlo a escondida de mi mamá, de mi hermana, de mi amiga, y luego poder ir presa, nos etiquetan de brujas; la verdad que sí es bien difícil aquí” (Maryana, que se sometió a un aborto clandestino cuando un problema de salud preexistente empezó a empeorar después de quedarse embarazada, entrevista con Amnistía Internacional, abril de 2013).

Los abortos inseguros son la tercera causa de mortalidad materna en el mundo. Según cálculos de la OMS, en 2008 se practicaron en el mundo 21,6 millones de abortos inseguros que causaron la muerte de 47.000 mujeres y lesiones a otros 5 millones. Aunque los datos de El Salvador son poco fiables debido a la penalización del procedimiento, el Ministerio de Salud ha informado de que entre 2005 y 2008 se practicaron en el país 19.290 abortos, el 27,6% de ellos a niñas. Cifras anteriores indicaban que el 11% de los abortos desembocaron en la muerte de la embarazada.

Las leyes restrictivas sobre el aborto son un factor importante que contribuye a los abortos inseguros. Aunque
el aborto en sí es un procedimiento seguro si se realiza en un entorno adecuado y con supervisión y asistencia
médicas cualificadas, leyes como las que están en vigor en El Salvador convierten el aborto en una práctica
clandestina y ponen en peligro la vida y la salud de las mujeres y niñas. Los datos de la OMS reflejan que, en
el mundo, las tasas de muerte y morbilidad derivadas del aborto son elevadas cuando el acceso al aborto está restringido legalmente y suelen ser más bajas en los países donde el aborto está permitido legalmente en un abanico más amplio de situaciones.

Aunque la mortalidad materna no sea totalmente evitable, sí lo es la muerte de mujeres y niñas que se someten a un aborto inseguro debido a un régimen legal restrictivo. Según la OMS, el primer paso para evitar muertes maternas es garantizar que las mujeres tienen acceso a la anticoncepción y a un aborto sin riesgos. Además del impacto de los abortos clandestinos en la salud física, está su impacto en la salud mental, debido al estigma asociado al procedimiento y al temor al castigo causado por la penalización del aborto. Varias personas que en un principio accedieron a ser entrevistadas por Amnistía Internacional, al final se sintieron incapaces de hablar de sus experiencias, y quienes sí contaron sus historias lo hicieron sólo con la condición de que se guardara estrictamente su anonimato: “Creo que las leyes cambian las mentes de las personas… Tuve mucho miedo [de hablar con Uds.], pero siento que expresarlo me ayuda porque no puedo hablar con muchas personas de esto. También la cultura, porque yo puedo tener una amiga a quien quiero mucho y le digo todo, pero no puedo decirle así abiertamente yo hice esto, porque aunque sepa que yo tengo una enfermedad, que no me permite tener un embarazo normal, siempre va la vida del feto, lo entendería de otra forma” (Maryana, que se sometió a un aborto clandestino en 2012, entrevista con Amnistía Internacional, abril de 2013).

EL IMPACTO EN LAS MUJERES Y NIÑAS QUE VIVEN EN LA POBREZA

Al igual que en otros países del mundo, la calidad de los abortos clandestinos y, por tanto, sus consecuencias para la salud, dependen de los medios económicos de las mujeres y niñas. Las mujeres y niñas con menos recursos económicos experimentan formas agravadas de discriminación, pues se les niega un servicio que sólo necesitan las mujeres y niñas, lo que tiene un impacto desproporcionado en ellas porque viven en la pobreza. La OMS ha advertido de que en entornos legales restrictivos, las mujeres y niñas que viven en la pobreza, y las que viven en zonas rurales y más aisladas, podrían correr un riesgo especial de sufrir abortos inseguros. Esto debería preocupar especialmente a las autoridades salvadoreñas, dado el alcance de la pobreza y el gran porcentaje de la población que vive en las zonas rurales.

El efecto de las restricciones que impone la prohibición total del aborto a las mujeres y niñas que viven en la pobreza son evidentes para un profesional de la salud que trabaja en este ámbito: “No son problemas que se ven en otros estratos [sociales] porque pueden acudir… sabemos todos que se hace así… de que hay lugares aquí en el país donde se hace. Pero tienen que tener poder adquisitivo para hacerlo. O se van a otro país. Que es una costumbre de algunas personas. Van a Miami, van a Cuba, van a México, a Los Ángeles. Y no hay ningún problema. Les sirve. Y eso es lo que me decían algunos colegas: ‘'Bueno, el pecado de Beatriz es no tener dinero. [Véase el caso de Beatriz en el recuadro supra.] Porque si ella tuviera dinero, seguramente ya no estuviera en esto. Ya hubiera pagado un médico fuera o se habría ido a otro país’".

Cristina, una mujer a la que entrevistó Amnistía Internacional en septiembre de 2013, dijo que sufrió un aborto espontáneo y luego fue acusada de homicidio agravado (véase infra información sobre esta práctica). Cristina subrayó su situación y su desigualdad inherente: “Claro, si yo hubiera sido la hija de un político, a mí no me pasa esto. Jamás nunca me hubiera sucedido. Para comenzar, nunca hubiera ido a un hospital público, porque como ellas tienen dinero van y se pueden meter a un privado. Yo como soy pobre, ¿a dónde voy a ir a parar? Donde van todas pues. Se van violando los derechos de las personas, y más aún de las mujeres, porque un hombre jamás va a tener un aborto. Los de las mujeres, pues. Hay que enfatizar este tema, que la problemática es la desigualdad de las mujeres”.

USO ILEGAL DEL MISOPROSTOL PARA INDUCIR EL ABORTO

El misoprostol, medicamento que se usa para tratar úlceras, se ha llegado a generalizar para inducir abortos, incluso en algunos países donde la legislación es restrictiva al respecto. El uso del misoprostol para inducir el aborto se ha citado como factor que contribuye a reducir el número de muertes y de complicaciones graves derivadas de un aborto inseguro.

Este medicamento también podría salvar la vida de algunas mujeres y niñas de El Salvador que de otro modo habrían recurrido a métodos más peligrosos. Sin embargo, la falta de información sobre las dosis adecuadas para inducir el aborto y la ausencia de supervisión médica puede causar complicaciones graves: “Yo estuve así [sangrando] por 15, un poco más de 15 días. Y me entró así un poco el pánico, porque cada vez era más fuerte y sangraba. Entonces yo tenía mucho miedo, por todo lo que implicaría ir al médico. Los doctores tienen el poder. El poder de decir: 'Te apoyo o te denuncio'… Yo sentía que no podía ir tan rápido al médico, porque de hecho muchas recomiendan que no sea tan rápido, porque puede haber restos de las pastillas. Yo tenía muchísimo miedo” (Carla, entrevista con Amnistía Internacional, abril de 2013).

La penalización del aborto y su efecto paralizante en la capacidad de las mujeres para pedir ayuda médica convierten lo que debería ser un procedimiento sencillo en una experiencia aterradora: Una mujer contó lo que ocurrió cuando trató de ayudar a otra joven a usar el misoprostol, en un intento desesperado por poner fin a su embarazo: “Se tomó dos pastillas y dos después. Y es como feo porque una piensa, ojalá que todo le salga bien. Y mucha presión también, porque si ella habla diciendo mi nombre, yo voy presa. Entonces también fue feo. Pero yo estaba consciente. Sí, da miedo, porque nadie quiere estar en la cárcel, pero por la convicción que yo tengo, digamos, entonces le ayudé. Entonces yo le he hablado y todo, pero esta niña no le salió, no lo expulsó todo. Entonces empezó con temperatura, mal. Hablé con otra persona y ella consiguió a una doctora. La revisaron y todo y le hicieron un legrado [al margen de cualquier hospital y normativa legal], porque no había expulsado todo. A ella la podrían haber mandado a la cárcel porque se puso la pastilla vaginal, ella no podía ir al hospital, porque se lo había hecho. Es que también es lo económico; una no se puede comprar todas esas pastilla, yo también no tenía toda la información para ayudarle a ella, no pude conseguirlas todas, y todo el dinero no lo tenía, entonces se puso sólo cuatro. Gracias a Dios no murió, o alguna otra cosa. Después ella me llamo agradeciéndome, diciéndome: 'Yo me hubiera muerto, qué hubiera sido de mi bebé'. Yo pienso que ella sí hubiera muerto […] ella dijo que si no hubiera tenido una doctora que le hubiera hecho el legrado, ella sí estaría en la cárcel y sí hubiera muerto de la infección” (Roxana, entrevista con Amnistía Internacional, abril de 2013).

VIOLACIÓN DE LA CONFIDENCIALIDAD: LA PRÁCTICA DE DENUNCIAR A LA POLICÍA A LAS MUJERES QUE BUSCAN ATENCIÓN POST ABORTO

Aproximadamente el 40% de las mujeres a las que se les practica un aborto clandestino en el mundo sufren complicaciones que requieren tratamiento. El sistema de salud salvadoreño, con arreglo a las normas nacionales y a la legislación internacional de derechos humanos, tiene la obligación de tratar a las mujeres que sufren complicaciones derivadas de abortos clandestinos. Pese a ello, existen indicios crecientes de que la prohibición total del aborto en El Salvador está obstaculizando la prestación de atención post aborto y afecta a los servicios destinados a las mujeres que sufren un aborto espontáneo (véase infra información sobre el impacto que tiene esto en las mujeres que sufren abortos espontáneos). Como queda de manifiesto en algunos de los testimonios contenidos en este informe, las mujeres tienen un temor fundado a ser denunciadas a las autoridades si buscan el tratamiento médico necesario tras un aborto. La dureza de las penas previstas en la legislación penal por practicar un aborto o ayudar a practicarlo y la falta de claridad legal sobre la confidencialidad de la paciente (véase infra) ha hecho que algunos profesionales de la salud y trabajadores de hospitales denuncien a mujeres que han tenido un aborto clandestino o un aborto espontáneo. Según un estudio de 129 casos realizado por la Agrupación Ciudadana, más del 57% de las denuncias a la policía por presunto aborto fueron realizadas por profesionales de la salud.

Estas denuncias dificultan gravemente el acceso a la atención post aborto, y hacen que las mujeres corran mayor riesgo de sufrir complicaciones duraderas y de morir, pues las mujeres podrían ser menos proclives a buscar atención post aborto y, por tanto, ponen en peligro su salud. La calidad de la atención que reciben las mujeres que sí acceden a estos servicios también podría verse afectada cuando desemboca en la intervención de la policía o en malos tratos por parte del personal de salud.

Además, la ley salvadoreña sobre la protección de la confidencialidad no ofrece una orientación clara en estas circunstancias. El Código Penal tipifica como delito no denunciar un posible hecho punible99 Sin embargo, según el Código Procesal Penal, los profesionales de la salud están eximidos de denunciar si han tenido conocimiento del hecho bajo el amparo del secreto profesional. Además, tanto el Código de Salud como el Código Penal y el Código Procesal Penal de El Salvador reconocen el secreto profesional de los médicos como una obligación derivada de la función básica de la profesión médica. La obligación del profesional de la salud de guardar este secreto se toma con tanta seriedad que quien la incumpla puede ser encarcelado. Además, se prohíbe a los profesionales de la salud declarar contra sus pacientes ante un tribunal en relación con información que haya llegado a su conocimiento según los términos del secreto profesional. Sin embargo, Amnistía Internacional no conoce ningún caso de profesional de la salud castigado o amonestado en modo alguno por denunciar a las autoridades a una mujer que ha solicitado atención post aborto o tratamiento por un aborto espontáneo.

SEVERAS INVESTIGACIONES EN CASOS DE ABORTO ESPONTÁNEO

Las investigaciones de Amnistía Internacional indican que la penalización del aborto tiene también consecuencias para las mujeres que sufren abortos espontáneos. La organización ha entrevistado a mujeres que dijeron que habían sido tratadas con suspicacia y desprecio cuando acudieron a recibir tratamiento por un aborto espontáneo, y que el personal médico las hostigó y las acusó de asesinato.

Algunas mujeres que han sufrido un aborto espontáneo son denunciadas a las autoridades por el personal de salud e interrogadas por la policía, lo que en ocasiones ha desembocado en un juicio por homicidio (más información infra). Estos enjuiciamientos injustos y la aplicación indebida del derecho penal tienen su origen en el estereotipo pernicioso y discriminatorio de que el valor de la mujer deriva de su función de madre y portadora de hijos. Amnistía Internacional entrevistó a un abogado que trabaja para la Agrupación Ciudadana y trata de obtener la excarcelación de las mujeres enjuiciadas indebidamente, que explicó: “En esos casos se presume la culpabilidad de la mujer de inmediato y no existe una visión de género. Ésta es una cacería de brujas. Las autoridades buscan poner a estas mujeres como ejemplo” (Dennis Muñoz, abogado de la Agrupación Ciudadana, entrevista con Amnistía Internacional, marzo de 2014).

La recomendación general 24 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer sobre la mujer y la salud (artículo 12) explica que los Estados tienen la obligación de garantizar que los servicios de atención médica se prestan garantizando "[...] el consentimiento previo de la mujer con pleno conocimiento de causa, se respeta su dignidad, se garantiza su intimidad y se tienen en cuenta sus necesidades y perspectivas."

MUJERES EN PRISIÓN

“El día de la audiencia, sólo sentía dolor. Cuando me pasaron la sentencia, yo pedí fuerza de Dios. 'Señor –le decía– mi hijo tendrá 45 años cuando yo salga de este lugar'” (María Teresa Rivera, entrevista con Amnistía Internacional, septiembre de 2013).

Tras los muros de una de las cárceles más superpobladas de El Salvador, cuyo sistema penitenciario es el más superpoblado de Centroamérica, María Teresa Rivera cumple una pena de 40 años de prisión como consecuencia de un aborto espontáneo.

La organización de derechos humanos Agrupación Ciudadana ha identificado a 129 mujeres que fueron acusadas de aborto o de homicidio agravado entre enero de 2000 y abril de 2011, y ha informado de que algunas de estas mujeres se habían sometido a abortos clandestinos y otras sufrieron abortos espontáneos.

De las 129 mujeres acusadas, 23 fueron juzgadas y declaradas culpables de haberse sometido a un aborto. Más recientemente, la Policía Nacional Civil registró un total de 16 mujeres y niñas acusadas del delito de aborto en 2013, seis de las cuales tenían 17 años o menos en el momento del presunto delito.106 Otras ocho mujeres y niñas fueron acusadas de someterse a un aborto entre enero y marzo de 2014. Aunque algunas de las mujeres condenadas cumplen penas no privativas de libertad, el hecho de que la ley sí castigue a las mujeres y de que haya mujeres acusadas y declaradas culpables y algunas encarceladas por someterse a un aborto hace que la posibilidad de una pena de prisión sea muy real.

Según la Agrupación Ciudadana, 26 de las 129 mujeres acusadas fueron declaradas culpables de homicidio y condenadas a prisión. Como se refleja en los testimonios que se ofrecen en este informe y en las pruebas médicas presentadas ante los tribunales, parece que algunas de las mujeres acusadas de homicidio o de homicidio agravado sufrieron abortos espontáneos. De las 26, la mayoría fueron declaradas culpables de homicidio agravado porque tenían relación con la víctima. Este delito conlleva una pena de entre 30 y 50 años de cárcel.


La Agrupación Ciudadana dijo a Amnistía Internacional que las 129 mujeres acusadas eran, en general, jóvenes y solteras, tenían una educación precaria y vivían en la pobreza. Por ejemplo, casi el 70% tenían entre 18 y 25 años, y casi el 75% eran solteras.

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