Abortos clandestinos en El Salvador
* *
copiado tal cual del informe "Al borde de la muerte. Violencia contra las
mujeres y prohibición del aborto en El Salvador" de Amnistía Internacional
Amnistía
Internacional entrevistó a mujeres y médicos que contaron las circunstancias precarias
y clandestinas en las que se les practicó un aborto a ellas o a sus pacientes. Algunas
recurren a métodos peligrosos como ingerir pesticidas. Otras se introducen
objetos afilados en el cuello del útero, como agujas de tejer o trozos de
madera. Las mujeres que tienen más recursos económicos acuden a los servicios
de costosas clínicas clandestinas. Sin embargo, el carácter ilegal de estas
clínicas hace que eludan a la regulación y supervisión de las autoridades, algo
crucial para proteger la salud y la vida de las mujeres.
“En un
país como éste donde el aborto es penalizado, nos da un miedo a nosotras.
Hacerlo a escondida de mi mamá, de mi hermana, de mi amiga, y luego poder ir
presa, nos etiquetan de brujas; la verdad que sí es bien difícil aquí” (Maryana,
que se sometió a un aborto clandestino cuando un problema de salud preexistente
empezó a empeorar después de quedarse embarazada, entrevista con Amnistía Internacional,
abril de 2013).
Los
abortos inseguros son la tercera causa de mortalidad materna en el mundo. Según
cálculos de la OMS, en 2008 se practicaron en el mundo 21,6 millones de abortos
inseguros que causaron la muerte de 47.000 mujeres y lesiones a otros 5
millones. Aunque los datos de El Salvador son poco fiables debido a la penalización
del procedimiento, el Ministerio de Salud ha informado de que entre 2005 y 2008
se practicaron en el país 19.290 abortos, el 27,6% de ellos a niñas. Cifras
anteriores indicaban que el 11% de los abortos desembocaron en la muerte de la
embarazada.
Las
leyes restrictivas sobre el aborto son un factor importante que contribuye a
los abortos inseguros. Aunque
el
aborto en sí es un procedimiento seguro si se realiza en un entorno adecuado y
con supervisión y asistencia
médicas
cualificadas, leyes como las que están en vigor en El Salvador convierten el
aborto en una práctica
clandestina
y ponen en peligro la vida y la salud de las mujeres y niñas. Los datos de la
OMS reflejan que, en
el
mundo, las tasas de muerte y morbilidad derivadas del aborto son elevadas
cuando el acceso al aborto está restringido legalmente y suelen ser más bajas
en los países donde el aborto está permitido legalmente en un abanico más
amplio de situaciones.
Aunque
la mortalidad materna no sea totalmente evitable, sí lo es la muerte de mujeres
y niñas que se someten a un aborto inseguro debido a un régimen legal
restrictivo. Según la OMS, el primer paso para evitar muertes maternas es
garantizar que las mujeres tienen acceso a la anticoncepción y a un aborto sin riesgos.
Además del impacto de los abortos clandestinos en la salud física, está su
impacto en la salud mental, debido al estigma asociado al procedimiento y al
temor al castigo causado por la penalización del aborto. Varias personas que en
un principio accedieron a ser entrevistadas por Amnistía Internacional, al
final se sintieron incapaces de hablar de sus experiencias, y quienes sí
contaron sus historias lo hicieron sólo con la condición de que se guardara
estrictamente su anonimato: “Creo que las leyes cambian las mentes de las
personas… Tuve mucho miedo [de hablar con Uds.], pero siento que expresarlo me
ayuda porque no puedo hablar con muchas personas de esto. También la cultura,
porque yo puedo tener una amiga a quien quiero mucho y le digo todo, pero no
puedo decirle así abiertamente yo hice esto, porque aunque sepa que yo tengo una
enfermedad, que no me permite tener un embarazo normal, siempre va la vida del
feto, lo entendería de otra forma” (Maryana, que se sometió a un aborto
clandestino en 2012, entrevista con Amnistía Internacional, abril de 2013).
EL
IMPACTO EN LAS MUJERES Y NIÑAS QUE VIVEN EN LA POBREZA
Al
igual que en otros países del mundo, la calidad de los abortos clandestinos y,
por tanto, sus consecuencias para la salud, dependen de los medios económicos
de las mujeres y niñas. Las mujeres y niñas con menos recursos económicos
experimentan formas agravadas de discriminación, pues se les niega un servicio
que sólo necesitan las mujeres y niñas, lo que tiene un impacto
desproporcionado en ellas porque viven en la pobreza. La OMS ha advertido de
que en entornos legales restrictivos, las mujeres y niñas que viven en la
pobreza, y las que viven en zonas rurales y más aisladas, podrían correr un
riesgo especial de sufrir abortos inseguros. Esto debería preocupar
especialmente a las autoridades salvadoreñas, dado el alcance de la pobreza y
el gran porcentaje de la población que vive en las zonas rurales.
El
efecto de las restricciones que impone la prohibición total del aborto a las
mujeres y niñas que viven en la pobreza son evidentes para un profesional de la
salud que trabaja en este ámbito: “No son problemas que se ven en otros
estratos [sociales] porque pueden acudir… sabemos todos que se hace así… de que
hay lugares aquí en el país donde se hace. Pero tienen que tener poder
adquisitivo para hacerlo. O se van a otro país. Que es una costumbre de algunas
personas. Van a Miami, van a Cuba, van a México, a Los Ángeles. Y no hay ningún
problema. Les sirve. Y eso es lo que me decían algunos colegas: ‘'Bueno, el
pecado de Beatriz es no tener dinero. [Véase el caso de Beatriz en el recuadro
supra.] Porque si ella tuviera dinero, seguramente ya no estuviera en esto. Ya
hubiera pagado un médico fuera o se habría ido a otro país’".
Cristina,
una mujer a la que entrevistó Amnistía Internacional en septiembre de 2013,
dijo que sufrió un aborto espontáneo y luego fue acusada de homicidio agravado
(véase infra información sobre esta práctica). Cristina subrayó su situación y
su desigualdad inherente: “Claro, si yo hubiera sido la hija de un político, a
mí no me pasa esto. Jamás nunca me hubiera sucedido. Para comenzar, nunca
hubiera ido a un hospital público, porque como ellas tienen dinero van y se
pueden meter a un privado. Yo como soy pobre, ¿a dónde voy a ir a parar? Donde
van todas pues. Se van violando los derechos de las personas, y más aún de las
mujeres, porque un hombre jamás va a tener un aborto. Los de las mujeres, pues.
Hay que enfatizar este tema, que la problemática es la desigualdad de las
mujeres”.
USO
ILEGAL DEL MISOPROSTOL PARA INDUCIR EL ABORTO
El
misoprostol, medicamento que se usa para tratar úlceras, se ha llegado a
generalizar para inducir abortos, incluso en algunos países donde la legislación
es restrictiva al respecto. El uso del misoprostol para inducir el aborto se ha
citado como factor que contribuye a reducir el número de muertes y de
complicaciones graves derivadas de un aborto inseguro.
Este
medicamento también podría salvar la vida de algunas mujeres y niñas de El Salvador
que de otro modo habrían recurrido a métodos más peligrosos. Sin embargo, la
falta de información sobre las dosis adecuadas para inducir el aborto y la
ausencia de supervisión médica puede causar complicaciones graves: “Yo estuve
así [sangrando] por 15, un poco más de 15 días. Y me entró así un poco el pánico,
porque cada vez era más fuerte y sangraba. Entonces yo tenía mucho miedo, por
todo lo que implicaría ir al médico. Los doctores tienen el poder. El poder de
decir: 'Te apoyo o te denuncio'… Yo sentía que no podía ir tan rápido al
médico, porque de hecho muchas recomiendan que no sea tan rápido, porque puede
haber restos de las pastillas. Yo tenía muchísimo miedo” (Carla, entrevista con
Amnistía Internacional, abril de 2013).
La
penalización del aborto y su efecto paralizante en la capacidad de las mujeres
para pedir ayuda médica convierten lo que debería ser un procedimiento sencillo
en una experiencia aterradora: Una mujer contó lo que ocurrió cuando trató de
ayudar a otra joven a usar el misoprostol, en un intento desesperado por poner
fin a su embarazo: “Se tomó dos pastillas y dos después. Y es como feo porque
una piensa, ojalá que todo le salga bien. Y mucha presión también, porque si
ella habla diciendo mi nombre, yo voy presa. Entonces también fue feo. Pero yo
estaba consciente. Sí, da miedo, porque nadie quiere estar en la cárcel, pero
por la convicción que yo tengo, digamos, entonces le ayudé. Entonces yo le he
hablado y todo, pero esta niña no le salió, no lo expulsó todo. Entonces empezó
con temperatura, mal. Hablé con otra persona y ella consiguió a una doctora. La
revisaron y todo y le hicieron un legrado [al margen de cualquier hospital y
normativa legal], porque no había expulsado todo. A ella la podrían haber
mandado a la cárcel porque se puso la pastilla vaginal, ella no podía ir al
hospital, porque se lo había hecho. Es que también es lo económico; una no se
puede comprar todas esas pastilla, yo también no tenía toda la información para
ayudarle a ella, no pude conseguirlas todas, y todo el dinero no lo tenía,
entonces se puso sólo cuatro. Gracias a Dios no murió, o alguna otra cosa. Después
ella me llamo agradeciéndome, diciéndome: 'Yo me hubiera muerto, qué hubiera sido
de mi bebé'. Yo pienso que ella sí hubiera muerto […] ella dijo que si no
hubiera tenido una doctora que le hubiera hecho el legrado, ella sí estaría en
la cárcel y sí hubiera muerto de la infección” (Roxana, entrevista con Amnistía
Internacional, abril de 2013).
VIOLACIÓN
DE LA CONFIDENCIALIDAD: LA PRÁCTICA DE DENUNCIAR A LA POLICÍA A LAS MUJERES QUE
BUSCAN ATENCIÓN POST ABORTO
Aproximadamente
el 40% de las mujeres a las que se les practica un aborto clandestino en el
mundo sufren complicaciones que requieren tratamiento. El sistema de salud salvadoreño,
con arreglo a las normas nacionales y a la legislación internacional de
derechos humanos, tiene la obligación de tratar a las mujeres que sufren
complicaciones derivadas de abortos clandestinos. Pese a ello, existen indicios
crecientes de que la prohibición total del aborto en El Salvador está
obstaculizando la prestación de atención post aborto y afecta a los servicios
destinados a las mujeres que sufren un aborto espontáneo (véase infra
información sobre el impacto que tiene esto en las mujeres que sufren abortos espontáneos).
Como queda de manifiesto en algunos de los testimonios contenidos en este
informe, las mujeres tienen un temor fundado a ser denunciadas a las
autoridades si buscan el tratamiento médico necesario tras un aborto. La dureza
de las penas previstas en la legislación penal por practicar un aborto o ayudar
a practicarlo y la falta de claridad legal sobre la confidencialidad de la
paciente (véase infra) ha hecho que algunos profesionales de la salud y
trabajadores de hospitales denuncien a mujeres que han tenido un aborto clandestino
o un aborto espontáneo. Según un estudio de 129 casos realizado por la Agrupación
Ciudadana, más del 57% de las denuncias a la policía por presunto aborto fueron
realizadas por profesionales de la salud.
Estas
denuncias dificultan gravemente el acceso a la atención post aborto, y hacen
que las mujeres corran mayor riesgo de sufrir complicaciones duraderas y de
morir, pues las mujeres podrían ser menos proclives a buscar atención post
aborto y, por tanto, ponen en peligro su salud. La calidad de la atención que
reciben las mujeres que sí acceden a estos servicios también podría verse
afectada cuando desemboca en la intervención de la policía o en malos tratos
por parte del personal de salud.
Además,
la ley salvadoreña sobre la protección de la confidencialidad no ofrece una orientación
clara en estas circunstancias. El Código Penal tipifica como delito no
denunciar un posible hecho punible99 Sin embargo, según el Código Procesal
Penal, los profesionales de la salud están eximidos de denunciar si han tenido
conocimiento del hecho bajo el amparo del secreto profesional. Además, tanto el
Código de Salud como el Código Penal y el Código Procesal Penal de El Salvador
reconocen el secreto profesional de los médicos como una obligación derivada de
la función básica de la profesión médica. La obligación del profesional de la
salud de guardar este secreto se toma con tanta seriedad que quien la incumpla
puede ser encarcelado. Además, se prohíbe a los profesionales de la salud declarar
contra sus pacientes ante un tribunal en relación con información que haya
llegado a su conocimiento según los términos del secreto profesional. Sin
embargo, Amnistía Internacional no conoce ningún caso de profesional de la
salud castigado o amonestado en modo alguno por denunciar a las autoridades a
una mujer que ha solicitado atención post aborto o tratamiento por un aborto
espontáneo.
SEVERAS
INVESTIGACIONES EN CASOS DE ABORTO ESPONTÁNEO
Las
investigaciones de Amnistía Internacional indican que la penalización del
aborto tiene también consecuencias para las mujeres que sufren abortos
espontáneos. La organización ha entrevistado a mujeres que dijeron que habían
sido tratadas con suspicacia y desprecio cuando acudieron a recibir tratamiento
por un aborto espontáneo, y que el personal médico las hostigó y las acusó de
asesinato.
Algunas
mujeres que han sufrido un aborto espontáneo son denunciadas a las autoridades por
el personal de salud e interrogadas por la policía, lo que en ocasiones ha
desembocado en un juicio por homicidio (más información infra). Estos
enjuiciamientos injustos y la aplicación indebida del derecho penal tienen su
origen en el estereotipo pernicioso y discriminatorio de que el valor de la
mujer deriva de su función de madre y portadora de hijos. Amnistía
Internacional entrevistó a un abogado que trabaja para la Agrupación Ciudadana
y trata de obtener la excarcelación de las mujeres enjuiciadas indebidamente,
que explicó: “En esos casos se presume la culpabilidad de la mujer de inmediato
y no existe una visión de género. Ésta es una cacería de brujas. Las
autoridades buscan poner a estas mujeres como ejemplo” (Dennis Muñoz, abogado
de la Agrupación Ciudadana, entrevista con Amnistía Internacional, marzo de
2014).
La
recomendación general 24 del Comité para la Eliminación de la Discriminación
contra la Mujer sobre la mujer y la salud (artículo 12) explica que los Estados
tienen la obligación de garantizar que los servicios de atención médica se
prestan garantizando "[...] el consentimiento previo de la mujer con pleno
conocimiento de causa, se respeta su dignidad, se garantiza su intimidad y se
tienen en cuenta sus necesidades y perspectivas."
MUJERES
EN PRISIÓN
“El día
de la audiencia, sólo sentía dolor. Cuando me pasaron la sentencia, yo pedí
fuerza de Dios. 'Señor –le decía– mi hijo tendrá 45 años cuando yo salga de
este lugar'” (María Teresa Rivera, entrevista con Amnistía Internacional,
septiembre de 2013).
Tras
los muros de una de las cárceles más superpobladas de El Salvador, cuyo sistema
penitenciario es el más superpoblado de Centroamérica, María Teresa Rivera
cumple una pena de 40 años de prisión como consecuencia de un aborto
espontáneo.
La
organización de derechos humanos Agrupación Ciudadana ha identificado a 129 mujeres
que fueron acusadas de aborto o de homicidio agravado entre enero de 2000 y
abril de 2011, y ha informado de que algunas de estas mujeres se habían
sometido a abortos clandestinos y otras sufrieron abortos espontáneos.
De las
129 mujeres acusadas, 23 fueron juzgadas y declaradas culpables de haberse sometido
a un aborto. Más recientemente, la Policía Nacional Civil registró un total de
16 mujeres y niñas acusadas del delito de aborto en 2013, seis de las cuales
tenían 17 años o menos en el momento del presunto delito.106 Otras ocho mujeres
y niñas fueron acusadas de someterse a un aborto entre enero y marzo de 2014.
Aunque algunas de las mujeres condenadas cumplen penas no privativas de
libertad, el hecho de que la ley sí castigue a las mujeres y de que haya
mujeres acusadas y declaradas culpables y algunas encarceladas por someterse a
un aborto hace que la posibilidad de una pena de prisión sea muy real.
Según
la Agrupación Ciudadana, 26 de las 129 mujeres acusadas fueron declaradas culpables
de homicidio y condenadas a prisión. Como se refleja en los testimonios que se ofrecen
en este informe y en las pruebas médicas presentadas ante los tribunales,
parece que algunas de las mujeres acusadas de homicidio o de homicidio agravado
sufrieron abortos espontáneos. De las 26, la mayoría fueron declaradas
culpables de homicidio agravado porque tenían relación con la víctima. Este
delito conlleva una pena de entre 30 y 50 años de cárcel.
La
Agrupación Ciudadana dijo a Amnistía Internacional que las 129 mujeres acusadas
eran, en general, jóvenes y solteras, tenían una educación precaria y vivían en
la pobreza. Por ejemplo, casi el 70% tenían entre 18 y 25 años, y casi el 75%
eran solteras.
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