Derechos de la mujer en España: persistencia de discriminación y carencia de medios en la lucha contra todas las formas de violencia de género

* * copiado tal cual del “informe Sombra 2008-2013 sobre la aplicación en España de la convención para la eliminación de toda forma discriminación contra las mujeres (CEDAW)”

INEXISTENCIA DE ESTRUCTURAS DE INTERVENCIÓN SOBRE TODAS LAS VIOLENCIAS DE GÉNERO / REDUCCIÓN Y DESEQUILIBRIO TERRITORIAL EN LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN INTEGRAL

Desde la aprobación de la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la VG (LOVG), el Estado español sólo ha considerado como VG a la ejercida contra las mujeres en las relaciones de pareja o ex-pareja, produciéndose una cierta desatención hacia otras violencias como la sexual, los feminicidios cometidos fuera de las relaciones de pareja, o las prácticas perjudiciales (mutilación genital, matrimonio forzado). Por lo que se refiere a la violencia sexual fuera del entorno de la pareja o ex pareja (abuso, acoso y agresión) la misma ha experimentado un incremento según los datos del Ministerio del Interior, si bien no se aborda a través de legislación específica, ni de políticas públicas o planes de acción.

Esto implica que, en primer lugar exista una ausencia de datos propios sobre prevalencia y magnitud de estos abusos y de medidas de prevención contra esta forma de VG. Asimismo, se produce una escasa y desigual disposición de recursos de atención a las víctimas. En este sentido, de las 17 Comunidades Autónomas (CCAA) que conforman el Estado, sólo 9 disponen de recursos específicos para víctimas de violencia sexual. Por otro lado, incumpliendo la recomendación del Consejo de Europa, no existe ningún “centro de crisis” para víctimas de violencia sexual. Por último, puede decirse que existe una falta de especialización del sistema de justicia penal en materia de violencia sexual, lo cual dificulta el acceso y obtención de justicia, incluso en los casos en los que las víctimas son niñas.

Por lo que respecta a la atención integral a las víctimas de VG, ésta se encuentra en peligro al no existir una norma o acuerdo político que garantice estándares mínimos de disponibilidad, accesibilidad y calidad, desde el inicio de la crisis económica, y especialmente desde 2011. Las CCAA tienen transferidas las competencias en esta materia y la ausencia de coordinación interterritorial hace que se tomen decisiones que amenacen la red de recursos de información, atención y recuperación de las víctimas en el conjunto del Estado5. Concretamente, desde 2011 se ha producido una merma en la cantidad y calidad de los servicios. Como ejemplo, en diciembre de 2011 se cerraron 9 de las 10 Oficinas de Atención a las Víctimas de delitos en la CA de Baleares, servicio que existía desde 1989, esencial para las víctimas de VG; en junio 2012, se cerró la casa de acogida para mujeres en especiales dificultades en Málaga (Andalucía) y, al cierre de este informe, el centro de la mujer de Ciudad Real (Castila la Mancha) corre el riesgo de desaparecer, tras 30 años activo. Asimismo, el recorte de los servicios se acentúa más en las áreas rurales, en donde están desapareciendo servicios como los centros de información a la mujer (Castila la Mancha) o los centros de información en pequeños municipios de Baleares.

En lo que se refiere a la calidad de los servicios, se ha producido una merma considerable entre 2011 y 2014. En muchos territorios, los equipos humanos han visto reducidas sus horas de atención a más de la mitad, saturándose así los servicios públicos. Asimismo, en la Comunidad de Madrid la contratación de estos servicios se realiza mediante concursos públicos cuyos términos de referencia consideran el precio como criterio único de adjudicación, con lo que esto puede dañar a la calidad de los servicios que se presten. En Cataluña, el recorte del 15% de salario y horario que el Gobierno de la Generalitat aplicó a sus trabajadoras/es no funcionarios en 2012 afectó gravemente a algunos servicios esenciales para víctimas de VG.


AUSENCiA DE MEDiDAS ESPECiALES PARA EViTAR LA DiSCRiMiNACiÓN DE MUJERES DE SECTORES ESPECiALMENTE DESPROTEGiDOS.

Existen colectivos de mujeres, como es el caso de las migrantes, mujeres de etnia gitana y mujeres con discapacidad, sobre las que las administraciones públicas no actúan con la debida diligencia para reconocer la acumulación de factores de riesgo que se produce en las situaciones de violencia y encuentran obstáculos añadidos para acceder a los servicios y recursos. En contra de lo recomendado por el Comité en su último informe sobre España, no se han desarrollado investigaciones ni recopilación de datos sobre las necesidades específicas de las mujeres gitanas frente a la VG8, a pesar de que las trabas persisten, como pone de relieve el feminicidio de ML Jiménez en febrero de 2014. ONGs que trabajan con mujeres gitanas en asentamientos del extrarradio de Madrid, destacan las graves trabas añadidas que enfrentan estas mujeres para salir de la violencia.

La LOVG estableció también la garantía específica del derecho a la información para mujeres con discapacidad y para mujeres que desconocen el idioma oficial. Sin embargo, la previsión de intérpretes resulta deficitaria, desigual y no hay ningún tipo de garantía de calidad de la intervención de estas/os profesionales.

Por lo que respecta a las mujeres migrantes, persiste la posibilidad, según la Ley de Extranjería, de que el contacto policial de una víctima de violencia machista al interponer una denuncia culmine en la apertura de un expediente de expulsión, lo que ha sido fuente de preocupación de los mecanismos de vigilancia de tratados internacionales.

INSUFICIENTE EVALUACIÓN DE IMPACTO DE LAS LEYES Y LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

La LOVG cumplirá en diciembre de 2014 su 10º aniversario y, sin embargo, el impacto de sus medidas aún no ha sido evaluado en profundidad y con la participación de las sobrevivientes y las organizaciones de mujeres. En 2008 el Gobierno presentó un informe que, a pesar de su denominación, contenía un listado de medidas implementadas y no una evaluación de impacto. Del mismo modo, en 2009 se creó una subcomisión parlamentaria que analizó la implementación normativa con participación de personas expertas y organizaciones de mujeres, pero que no utilizó ningún tipo de metodología de evaluación de impacto con participación de las sobrevivientes. Tras cerca de diez años de vigencia de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer (JVM), establecidos por la LOVG, los datos publicados por el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) alertan de tendencias preocupantes como el incremento de las mujeres que renuncian a continuar el proceso judicial tras la denuncia, el raudo crecimiento del número de denuncias por VG archivadas por los jueces y la creciente tasa de órdenes de protección solicitadas que son denegadas por los juzgados. A pesar de lo preocupante de estos datos, los citados órganos judiciales no han sido objeto de ningún tipo de evaluación pública, transparente y con la participación de las afectadas y las organizaciones de mujeres.

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