Declaración conjunta de la ONU sobre acabar con la violencia y la discriminación contra las personas LGBTI
El 29 de septiembre de 2015,
12 entidades de las Naciones Unidas (OIT, el ACNUDH, la Secretaría del ONUSIDA,
PNUD, UNESCO, UNFPA, ACNUR, UNICEF, UNODC, ONU Mujeres, el PMA y la OMS)
publicaron una declaración conjunta sin precedentes para pedir el fin de la
violencia y la discriminación contra las personas lesbianas , gays, bisexuales,
transgénero e intersexuales.
La declaración es un
poderoso llamado a la acción a los gobiernos a hacer más para combatir la violencia
homofóbica y transfóbica y la discriminación y los abusos contra las personas
intersexuales, y una expresión del compromiso por parte de las entidades de las
Naciones Unidas para ayudar a los Estados miembros a hacerlo.
Los
organismos de las Naciones Unidas instan a los Estados a que tomen medidas
urgentes para poner fin a la violencia y a la discriminación contra adultos/as,
adolescentes y niños/as lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersex (LGBTI).
Todas las personas tienen el
mismo derecho a no ser objeto de violencia, persecución, discriminación y
estigmatización.
Las leyes internacionales en
materia de derechos humanos establecen obligaciones jurídicas para los Estados
a fin de garantizar que todas las personas, sin distinción alguna, puedan gozar
de tales derechos. Aunque acogemos con satisfacción el aumento de medidas que
se aplican en muchos países para proteger los derechos de las personas LGBTI,
nos sigue preocupando de sobremanera que, por todo el mundo, millones de
personas LGBTI, las que son percibidas como LGBTI y sus familias sean víctimas
de violaciones generalizadas de sus derechos humanos. Esta situación es alarmante
- y es por ello que deben tomarse medidas al respecto.
El hecho de no respetar los
derechos humanos de las personas LGBTI y de no protegerlas de abusos, como la
violencia y las leyes y prácticas discriminatorias, supone una grave violación
de las normas internacionales en materia de derechos humanos y tiene un impacto
significativo sobre la sociedad, fomentando una mayor vulnerabilidad a las
enfermedades, incluyendo la infección por el VIH, la exclusión social y
económica, la presión sobre las familias y comunidades, y también un impacto
negativo sobre el crecimiento económico, el trabajo decente y el progreso para
alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de cara al futuro. Bajo el
derecho internacional, los Estados tienen la principal obligación de proteger a
las personas ante situaciones de discriminación y violencia. Por ello, los
gobiernos, los parlamentos, los poderes judiciales y las instituciones
nacionales de derechos humanos deben tomar medidas urgentes al respecto. Los
líderes políticos, religiosos y comunitarios, las organizaciones de
trabajadores, el sector privado, los profesionales de la salud, las organizaciones
de la sociedad civil y los medios de comunicación también tienen un papel
importante que desempeñar en este sentido. Los derechos humanos son universales
- no pueden invocarse prácticas y creencias culturales, religiosas, morales ni
actitudes sociales para justificar violaciones de derechos humanos contra
ningún colectivo, incluyendo las personas LGBTI.
PROTEGER A LAS PERSONAS
CONTRA LA VIOLENCIA
Los Estados deben proteger a
las personas LGBTI contra la violencia, la tortura y los malos tratos, aplicando
entre otras las siguientes medidas:
- Investigando, encausando
judicialmente y proveyendo reparaciones a víctimas de actos de violencia,
tortura y malos tratos, ya sea contra adultos/as, adolescentes o niños/as LGBTI
como para aquellas personas que defienden sus derechos humanos;
- Reforzando las medidas
para prevenir, para realizar seguimiento y para denunciar dichas situaciones de
violencia;
- Incorporando la homofobia
y transfobia como circunstancias agravantes en las leyes contra delitos
motivados por el odio y contra la incitación al odio;
- Reconociendo que la
persecución de personas por el simple hecho de ser LGBTI , o de ser percibidos
como tal, pueda constituir un fundamento válido para conceder asilo a refugiados/as,
y no devolviendo tales refugiados/as a un lugar donde su vida o su libertad
puedan verse amenazadas.
Las Naciones Unidas y otras
organizaciones han documentado violencia física y psicológica generalizada
contra personas LGBTI en todas las regiones, incluyendo asesinatos, agresiones,
secuestros, violaciones, violencia sexual, así como torturas y malos tratos,
tanto en el ámbito institucional como en otros. Las mujeres lesbianas,
bisexuales y trans y los jóvenes LGBTI se encuentran particularmente expuestos
al riesgo de violencia física, psicológica y sexual en el ámbito familiar y
comunitario. A menudo, las personas LGBTI son víctimas de violencia y
discriminación durante emergencias humanitarias y cuando huyen de
persecuciones, buscando refugio.
También pueden ser objeto de
abusos en el ámbito de la salud, incluyendo las llamadas «terapias»
perjudiciales y reñidas con la ética que intentan cambiar la orientación
sexual, las esterilizaciones forzadas o coercitivas, los exámenes anales y
genitales forzados y las cirugías y tratamientos en niños/as intersex que son
sin su consentimiento e innecesarios. En muchos países la respuesta a estas
violaciones no es adecuada, no se denuncian y a menudo no se investigan o
encausan judicialmente de manera apropiada, dando lugar a una gran impunidad, a
la falta de justicia y a la carencia de soluciones y apoyo a las víctimas.
Los/as defensores/as de derechos humanos que luchan contra estas violaciones
suelen ser perseguidos/as y se enfrentan a limitaciones discriminatorias en sus
actividades.
DEROGAR LEYES
DISCRIMINATORIAS
Los Estados deben respetar
las normas internacionales de derechos humanos, incluyendo a través de la
revisión, la derogación y el establecimiento de una moratoria sobre la
aplicación de:
- Leyes que criminalicen las
relaciones consentidas entre adultos del mismo sexo;
- Leyes que criminalicen a
las personas trans por su expresión de género;
- Otras leyes utilizadas
para detener, castigar o discriminar a personas por su orientación sexual,
identidad o expresión de género.
En 76 países aún existen
leyes que criminalizan las relaciones consentidas entre adultos del mismo sexo,
por lo que se exponen al riesgo de detención, enjuiciamiento y encarcelación con
carácter arbitrario o incluso a la pena de muerte en al menos cinco países. Las
leyes que criminalizan el travestismo se utilizan para detener y castigar a las
personas trans. Otras leyes son utilizadas para acosar, detener, discriminar o
limitar la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica de
personas lesbianas, gais, bisexuales y trans. Estas leyes discriminatorias
contribuyen a perpetuar la estigmatización y la discriminación, así como los
delitos motivados por el odio, los abusos, las torturas, los malos tratos
policiales y la violencia familiar y comunitaria, afectando de forma negativa a
la salud pública, impidiendo el acceso a servicios de salud y relacionados con
el VIH.
PROTEGER A LAS PERSONAS
CONTRA LA DISCRIMINACIÓN
Los Estados deben respetar
las normas internacionales de derechos humanos en materia de no discriminación,
aplicando entre otras las siguientes medidas:
- Prohibiendo la
discriminación contra adultos/as, adolescentes y niños/as LGBTI en todos los
ámbitos, incluyendo educación, empleo, sanidad, vivienda, protección social,
justicia y situaciones de asilo y de privación de libertad;
- Garantizando el
reconocimiento legal de la identidad de género de las personas trans sin
condiciones abusivas;
- Combatiendo los prejuicios
contra las personas LGBTI mediante el diálogo, la educación pública y la
formación;
- Garantizando que las
personas LGBTI sean consultadas y participen en la elaboración, aplicación y
seguimiento de leyes, políticas y programas que les afecten, incluyendo
iniciativas humanitarias y de desarrollo.
Las personas LGBTI se
enfrentan a una discriminación y exclusión generalizada en todos los ámbitos,
incluyendo formas múltiples de discriminación en base a factores como el sexo,
la raza, la etnia, la edad, la religión, la pobreza, la migración, la
discapacidad y el estado de salud. Los/as niños/as se enfrentan al acoso
escolar, a la discriminación o a la expulsión de las escuelas por su
orientación sexual o identidad de género, ya sean reales o percibidos, o por la
de sus padres o madres. Entre las/os jóvenes LGBTI rechazados por sus familias
existen unos alarmantes niveles de suicidio, falta de vivienda e inseguridad
alimentaria. La discriminación y la violencia contribuyen a la marginalización
de las personas LGBTI y a su vulnerabilidad frente a enfermedades, incluyendo
la infección por el VIH, y al mismo tiempo se les niega asistencia sanitaria y
se mantienen actitudes discriminatorias y de patologización contra ellos/as,
tanto en el ámbito de la salud como en otros. A las personas trans se les suele
negar el reconocimiento legal del género en el que se identifican y enfrentan
condiciones abusivas, como esterilizaciones, tratamientos o el divorcio con
carácter forzoso para obtenerlo, por lo cual sufren situaciones de exclusión y
marginalización. La exclusión de personas LGBTI de la elaboración, aplicación y
seguimiento de las leyes y políticas que les afectan perpetúa su
marginalización social y económica.
APOYO DE LAS NACIONES UNIDAS
Nuestras organizaciones
están dispuestas a apoyar y ayudar a los Estados miembros y a otras partes
interesadas a la hora de asumir los retos que se destacan en la presente
declaración, como por ejemplo cambios constitucionales, legislativos y de
políticas, el refuerzo de las instituciones nacionales, medidas en la educación
y la formación y en otras iniciativas que busquen respetar, proteger, promover
y hacer efectivos los derechos humanos de todas las personas LGTBI.

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