Acoso a líderes indígenas en Ecuador: José “Pepe” Acacho

* * copiado tal cual del informe "Amazónicos ante la injusticia. Hostigamiento judicial de líderes indígenas y ambientalistas en Ecuador" de Human Rights Watch

El líder indígena shuar José “Pepe” Acacho, de la provincia de Morona Santiago, fue acusado de “terrorismo” por haber presuntamente incitado a la violencia durante una protesta en 2009, en la cual participó el pueblo shuar, contra una nueva ley de minería. Acacho fue condenado en 2013. Apeló el fallo ante la Corte Nacional de Justicia, que en 2018 revocó la condena por “terrorismo” y, en lugar de ello, lo condenó por el delito de menor gravedad de “ilegalmente imp[edir] el libre tránsito de vehículos, personas o mercancías”, por el cual nunca fue juzgado. La corte indicó que su decisión no violaba el derecho de Acacho a defenderse de un nuevo cargo, pero no proporcionó ningún fundamento jurídico que justificara esa aseveración. Como se explica más adelante, Human Rights Watch considera que la nueva condena constituye una violación de los derechos de debido proceso de Acacho.

En septiembre de 2009, mientras presidía la Federación Interprovincial de Centros Shuar (FICSH), Pepe Acacho convocó al pueblo shuar a manifestarse en protesta contra leyes recientes que regulaban la minería y el manejo del agua. Al igual que otros detractores de estas leyes, él consideraba que reducirían el control de los pueblos indígenas sobre los recursos naturales en sus territorios ancestrales. Los manifestantes bloquearon el puente sobre el río Upano, en la ciudad de Macas. El 30 de septiembre, Acacho se reunió con funcionarios públicos en la ciudad de Sucúa, a 23 kilómetros de distancia, para hablar sobre los reclamos de los manifestantes. Según testigos que posteriormente declararon en el juicio de Acacho, varios funcionarios gubernamentales estuvieron efectivamente presentes en la reunión, aunque las versiones difieren en cuanto a quiénes fueron exactamente esos funcionarios.

Acacho dijo a Human Rights Watch que se fue de la reunión creyendo que habían llegado a un acuerdo. Entendió que un representante del gobierno, que había estado presente en la reunión, iba a consultar a las autoridades en Quito para que dieran su aprobación.

Acacho describió a Human Rights Watch sus movimientos durante el resto de esa tarde. Dijo que partió en auto rumbo a Macas alrededor de las 5 p.m. Aproximadamente 30 minutos después, recibió llamadas de amigos para alertarlo de que la policía estaba dispersando a los manifestantes con gases lacrimógenos. Entre las 5:30 p.m. y las 6 p.m. le informaron que había muerto un profesor, Bosco Wisum. Acacho llegó a la parroquia Sevilla Don Bosco, sobre el margen oriental del río Upano, y allí vio que se estaban llevando a manifestantes heridos. Decidió quedarse en Sevilla Don Bosco hasta las 11 p.m. y luego regresó a Sucúa, donde pasó la noche.

El enfrentamiento ocurrido ese día en el puente dejó un saldo de 38 policías heridos, según el jefe de policía local. Uno de los manifestantes, el profesor shuar Bosco Wisuma, murió a causa de un disparo. Human Rights Watch no pudo determinar cuántos manifestantes resultaron heridos.

El 2 de octubre de 2009, el jefe de policía local presentó una denuncia penal por presuntos actos de terrorismo, rebelión y asociación ilícita contra “todos los manifestantes de las diferentes organizaciones del sector indígena pertenecientes a las comunidades de la Nacionalidad Shuar, liderados por el Lic. José Akachu [sic]”, refiriéndose a Pepe Acacho. Casi un año más tarde, en septiembre de 2010, un fiscal acusó a Pepe Acacho de “terrorismo”, alegando que había incitado los hechos de violencia en el puente sobre el río Upano que tuvieron por resultado la muerte de Wisum en septiembre de 2009.

En ese momento, la definición de terrorismo conforme al Código Penal de Ecuador era amplia e imprecisa, y penalizaba a quienes intentaran promover fines “patrióticos, sociales, económicos, políticos, religiosos, revolucionarios, reivindicatorios, proselitistas, raciales, localistas, regionales, etc’. (de hecho, la palabra “etcétera” se utiliza cinco veces en la definición del delito). Desde entonces, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha expresado preocupación por el uso de esta norma para perseguir penalmente a defensores de derechos humanos, y el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC) de las Naciones Unidas ha instado a Ecuador a que aclare el alcance de su aplicación.

El 1 de febrero de 2011, al día siguiente del fin del mandato de Acacho como presidente de la FICSH, un juez dictó una orden disponiendo su detención y prisión preventiva. Acacho fue detenido de inmediato y trasladado en un vuelo a Quito, donde fue encarcelado en el centro penitenciario García Moreno junto con otras dos personas acusadas del mismo delito. Acacho dijo a Human Rights Watch que permanecieron detenidos junto a presos condenados durante ocho días. Fueron liberados después de que otra jueza revocó la orden de prisión preventiva.

El juicio concluyó al cabo de tres años. Tres semanas antes de que la corte dictara sentencia, el 20 de julio de 2013, el Vicepresidente Jorge Glas presentó el programa presidencial semanal de televisión, sustituyendo por Correa, y transmitió un video donde el narrador acusaba a Acacho de “alent[ar] a la violencia, pidiendo que [los manifestantes] usen armas, que utilicen veneno”. Sin mencionar el nombre de Acacho, Glas afirmó que esta incitación era responsable de la muerte de Wisum.

El 9 de agosto de 2013, la corte provincial de Morona Santiago declaró a Acacho culpable de “terrorismo” y lo condenó a 12 años de cárcel. El tribunal también condenó a Pedro Mashiant Chamik, un hombre shuar que ese día estuvo en la manifestación, pero dictó sentencia absolutoria para Fidel Kañiras, quien había sido previamente acusado del homicidio de Bosco Wisum, junto con otros cuatro hombres.

Human Rights Watch consultó los documentos del juicio, incluidas transcripciones de testimonios, y no encontró pruebas creíbles que justificaran la condena contra Acacho.

Ni un solo testigo declaró que Acacho hubiera estado presente en Macas el día del enfrentamiento. Por el contrario, los 20 testigos citados por la corte que estuvieron presentes durante el enfrentamiento —incluidos el jefe de policía local y 10 policías— declararon no haber visto a Acacho en Macas ese día. A su vez, otros cuatro testigos confirmaron que Acacho estuvo en la reunión en Sucúa antes del enfrentamiento. Un testigo afirmó que estaba en el automóvil, volviendo a Macas, cuando se desataron los hechos de violencia. La condena cita solamente a un testigo que declaró haber visto a Acacho en las proximidades de Macas, cuando se trasladaba en un automóvil con jóvenes armados por la carretera que conduce al puente sobre el río Upano. Sin embargo, mismo si su declaración fuera correcta, de todas maneras no ubica a Achaco en el lugar de la protesta ni en el posterior enfrentamiento, y no demuestra que haya instigado los hechos de violencia.

La sentencia menciona a cinco presentadores de radio y reporteros de programas de radio en español que declararon que, en los días previos al enfrentamiento, Acacho había estado presente en sus programas y había convocado al pueblo shuar a participar en la manifestación. Sin embargo, ninguno de los cinco declaró que Acacho hubiera incitado a la violencia en sus programas

Los únicos testigos del juicio que afirmaron haber escuchado a Acacho incitar a la violencia dijeron que lo había hecho durante entrevistas en programas de radio en lengua shuar. Estas fueron tres personas que hablan shuar y declararon que, durante estas transmisiones radiales, Acacho había instado a los manifestantes a salir a las calles con "lanzas" y "veneno". Uno de los tres también declaró que Acacho había instado “con más sutileza” a las personas a llevar “machetes, escopetas, arma (y) veneno (sic)’.

No se reprodujo ninguna grabación de las entrevistas en lengua shuar en la corte, según el abogado defensor de Acacho. De hecho, no hay ninguna indicación en los expedientes judiciales de que alguna grabación de estas transmisiones se haya reproducido durante el juicio. Asimismo, si bien la corte incluye en su lista de evidencia las grabaciones de las transmisiones radiales en español, no incluye las grabaciones en lengua shuar, lo cual genera el interrogante de si acaso la corte tuvo en su poder estas grabaciones.

Existen motivos para dudar de la credibilidad de los tres testigos que declararon haber traducido las declaraciones en shuar efectuadas por Acacho en la radio. La relación de estos testigos con funcionarios gubernamentales y una empresa minera local generan dudas en cuanto a si fueron presionados indebidamente para alterar su declaración a favor de la fiscalía. De hecho, el único testigo que habla el idioma shuar y que no tenía relación con funcionarios ni con la compañía minera declaró que Acacho no había incitado a la violencia por radio.

Uno de los tres testigos declaró que fue convocado para traducir las declaraciones de Acacho por el Ministerio de Comunicaciones (CONATEL), en ese momento liderado por Jorge Glas, quien más adelante, cuando ya era vicepresidente, acusó en televisión a Achaco de terrorismo antes de que la corte dictara sentencia. Este testigo dijo que estaba “cooperando con el gobierno” porque uno de sus hijos había resultado herido durante la protesta y su esposa había sido acosada sexualmente por un grupo de manifestantes. Otro testigo era una empleada de una empresa minera proprietaria de una importante concesión en la provincia de Morona Santiago, a la cual se habían opuesto Acacho y la población indígena local, quienes sostienen que la compañía ocupa sus tierras ancestrales. Esta testigo dijo que la gobernadora, Sonia Ortega, a la que se refirió como su amiga, la había convocado para que tradujera las grabaciones. El tercer testigo afirmó haber sido convocado para traducir el mensaje de Acacho por su empleador, un funcionario público local designado por la gobernadora.

En Ecuador, los gobernadores son funcionarios del Ministerio del Interior. Actúan como representantes del presidente en las provincias. En el momento de la protesta y del enfrentamiento de 2009 —y cuando estos testigos fueron convocados para traducir las declaraciones de Acacho— la gobernadora era Sonia Ortega, quien fue posesionada por el presidente Correa en junio de 2009. En 2013, Ortega ya no era gobernadora, sino que se desempeñaba como secretaria relatora para la corte que juzgó a Acacho. Fue testigo de la fiscalía, y declaró que había escuchado las declaraciones de Acacho en la radio, en las cuales instaba a las personas a que protestaran (no señaló haber escuchado que hiciera un llamado a armarse).

Un cuarto testigo que habla shuar, quien declaró sobre el contenido de las transmisiones de radio en esa lengua —y que, a diferencia de los otros tres testigos, no tenía relación alguna con el gobierno ni con la empresa minera—, señaló que Acacho instó a las personas a sumarse a la manifestación para defender su territorio y sus recursos naturales, pero no dijo que las hubiera instado a armarse ni a protestar en forma violenta.

Acacho niega categóricamente las acusaciones de haber incitado a la violencia. Dijo a Human Rights Watch que sólo había convocado a manifestaciones pacíficas y que los testigos que declararon que había llamado a la violencia habían traducido incorrectamente y malinterpretado su mensaje en shuar. Acacho afirmó que nunca instó a los manifestantes a llevar machetes o escopetas. Dijo que utilizó la palabra "Nanki", que en el idioma Shuar tiene un doble significado: la lanza en tanto que el objeto, y las cualidades que debe tener una persona tales como coraje y energía, agregando que nunca había llamado a los manifestantes a usar violencia de ningún tipo.

Tras la sentencia, el presidente Correa celebró el resultado en su programa de televisión transmitido a nivel nacional, diciendo que la “irresponsabilidad” de Acacho había provocado la violencia y la muerte de un manifestante y que la condena a 12 años de cárcel estaba justificada.

El abogado defensor de Acacho apeló la condena, solicitando que se aplicara el nuevo código penal de 2014, que entró en vigor después del juicio. No obstante, en octubre de 2014, la corte rechazó reconsiderar si las acciones de Acacho constituirían terrorismo conforme a la definición del nuevo código. Acacho apeló este fallo ante la Corte Nacional de Justicia.[

El 15 de enero de 2018, la Corte Nacional de Justicia revocó la condena por terrorismo de Acacho—al fallar que los tribunales habían aplicado erróneamente la ley antiterrorista—y la reemplazó por una condena por el delito menos grave de “ilegalmente imp[edir] el libre tránsito de vehículos, personas o mercancías”, con lo cual redujo su pena de prisión a ocho meses. Se trata de un delito por cual que Acacho nunca fue acusado ni juzgado.

La corte justificó su decisión citando jurisprudencia de casos anteriores en los cuales había modificado los cargos en la instancia de apelación. La corte describió tres pruebas que su decisión debía superar para garantizar que se respetaran los derechos procesales y el derecho de defensa de Acacho, y seguidamente sostuvo haberlas pasado sin ofrecer ninguna explicación adicional.

Acacho no tuvo necesariamente motivos ni tampoco una oportunidad genuina de defenderse ante los señalamientos de hecho que justificarían el cargo de menor gravedad, pues no fueron pertinentes a su defensa en el juicio original. Por este motivo, y debido a que la corte no hizo esfuerzo alguno por abordar esta cuestión en su fallo, Human Rights Watch considera que la nueva condena violó los derechos de debido proceso de Acacho.

El abogado defensor de Acacho presentó un recurso "de ampliación y aclaración" ante la Corte Nacional de Justicia, pero esta lo rechazó el 22 febrero. El 16 de marzo, el abogado defensor de Acacho interpuso una acción extraordinaria de protección ante la corte constitucional, alegando que la sentencia vulnera los derechos constitucionales de su cliente. Menos de tres horas después, la corte provincial de Morona Santiago ordenó que se ejecutoriara la sentencia; Acacho será detenido y obligado a cumplir su condena de ocho meses en prisión, a menos que la corte constitucional reconozca que su derecho al debido proceso ha sido violado y anule la sentencia.

Acacho dijo a Human Rights Watch que todo el proceso había tenido un altísimo costo para él y su familia. “Te destruye”, señaló, recordando las numerosas ocasiones en que su esposa y sus tres hijos habían sido abordados por personas desconocidas: “A mi familia, a mi esposa y (a) mi hija, les dicen ‘tu esposo es terrorista, tu papá es terrorista ... tu familiar es un instigador’. ¿Fíjese que le traten de esa manera a la familia?” También recalcó los cuantiosos gastos en los cuales ha incurrido para su defensa a lo largo de 7 años de juicio, tener que asistir constantemente a audiencias, pagar costos legales y cumplir una prohibición de salir del país que limita su libertad de circulación.

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