Persecución política en Bolivia: El proceso por terrorismo contra Evo Morales

 * * copiado tal cual del informe "La justicia como arma. Persecución política en Bolivia" de Human Rights Watch

El gobierno interino de Bolivia ha presentado varias querellas contra Morales pidiendo que la Fiscalía General presente cargos contra él por terrorismo y otros delitos. En julio de 2020 la fiscalía le imputó a Morales el delito de terrorismo en uno de esos casos, en relación con una llamada telefónica del 14 de noviembre de 2019 en la cual, según sostienen los fiscales, el expresidente le dijo a un colaborador que movilizara a sus partidarios para que bloquearan el acceso a ciudades.

El 19 de noviembre de 2019 la policía detuvo a Alejandro Yucra, un partidario de Morales, por presuntamente haber bloqueado una carretera junto con otras personas de la misma filiación política, y confiscó su teléfono. En el teléfono encontraron lo que, según señalaron los fiscales, es una grabación de video de la llamada del 14 de noviembre, en la cual aparece el padre de Yucra, Faustino Yucra Yarwi, hablando por altavoz con otro hombre que, según los fiscales, era Morales. Los fiscales sostienen que el hermano de Alejandro Yucra había grabado la llamada y se la había reenviado a él.

Al día siguiente, el ministro Murillo dio a conocer la grabación en una conferencia de prensa y afirmó que, en la llamada, Morales estaba hablando con Faustino Yucra y “haciendo terrorismo”. El 22 de noviembre de 2019 la fiscalía inició una investigación penal contra Morales por presunto terrorismo y sedición.

En enero de 2020, el gobierno interino informó de que había pedido a Interpol que activara una notificación roja para la detención de Morales, pero que Interpol se negó a dar curso al pedido. El 8 de abril, la policía detuvo a Faustino Yucra. A la fecha de redacción de este informe Yucra continuaba en prisión preventiva, acusado de “asociación delictuosa”, “instigación pública a delinquir” y “fabricación ilícita de explosivos” por presuntamente organizar un bloqueo de carretera y fabricar cócteles Molotov.

El 6 de julio, la fiscalía imputó a Morales los delitos de terrorismo y financiamiento del terrorismo y solicitó su detención preventiva. No presentó cargos por sedición en su contra. Esos dos delitos de terrorismo conllevan penas de hasta 20 años de prisión.

Mientras tanto, el gobierno interino ha dispensado a Morales el mismo trato que a un delincuente condenado. En una conferencia de prensa que tuvo lugar en enero, el ministro Murillo mostró un juego de esposas y afirmó que estaba esperando que Morales regresara a Bolivia para poder enviarlo a la cárcel. En febrero, el ministro Murillo dijo a Human Rights Watch que “no se necesita más que ese audio para darle [a Morales] 500 años de cárcel”. El ministro también llamó a Morales “terrorista” públicamente.

Morales está bajo investigación criminal en varios otros casos, incluyendo un proceso por presunto genocidio, terrorismo, sedición y otros delitos por papel que presuntamente jugó en los bloqueos de carreteras, que según el gobierno interino impidieron que oxígeno con fines médicos llegara a los hospitales para tratar a los pacientes de Covid-19 en agosto de 2020. Además, el gobierno interino también presentó una querella pidiendo el procesamiento de Morales por estupro y trata y tráfico de personas, alegando que agredió sexualmente a una niña menor de 18 años. La presunta víctima, que ahora tiene 19 años, escribió posteriormente una carta a la Defensoría del Pueblo en la que dijo que la policía la había sometido a ella y a su familia a detención ilegal, amenazas, acoso y maltrato físico y psicológico. “Me dijeron que si no decía lo que me imponían, me iban a procesar por sedición y terrorismo”, escribió.

Los únicos cargos anunciados contra Morales hasta el momento son los relacionados con la llamada telefónica del 14 de noviembre de 2019.

TERRORISMO CONFORME AL DERECHO BOLIVIANO E INTERNACIONAL

El artículo 133 del Código Penal de Bolivia, adoptado en 2012, cuando Morales era presidente, define terrorismo como “delitos contra la seguridad común, la salud pública y [...] la seguridad de los medios de transporte” cometidos con el objetivo de “intimidar o mantener en estado de alarma o pánico colectivo a la población, a un sector de ella u obligar a un gobierno nacional, extranjero u organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo, subvertir el orden constitucional o deponer al gobierno elegido constitucionalmente”.

La definición es excesivamente amplia en distintos frentes. En primer lugar, los actos que pueden constituir terrorismo están definidos de manera muy amplia en el Código Penal de Bolivia. Por ejemplo, los delitos contra la salud pública incluyen “cualquier [...] acto que de una u otra manera afecte la salud de la población”; y los delitos contra la seguridad de medios de transporte incluyen cualquier acto que “impidiere, perturbare o pusiere en peligro la seguridad o la regularidad de los transportes públicos”. Eso significa que la definición de terrorismo podría aplicarse a manifestaciones pacíficas u otras formas de libertad de expresión o asociación que están protegidas en virtud del derecho internacional de los derechos humanos. Las definiciones demasiado amplias de terrorismo pueden dar lugar a “tergiversaciones deliberadas del término, incluyendo como respuesta a reivindicaciones y movimientos sociales de pueblos indígenas, así como a violaciones no intencionales de los derechos humanos”, señaló el ex Relator Especial de la ONU sobre la lucha contra el terrorismo.

En segundo lugar, la definición coloca un rótulo extremo, de “terrorismo”, a actos que pueden ser constitutivos de delitos, pero que no se encuadran en ninguna definición razonable de terrorismo. No excluye, por ejemplo, actos que no causan muertes ni un daño físico grave a miembros de la población y que no son cometidos con esas intenciones. Como resultado, la definición abre la posibilidad de que se aplique un castigo que resulta desproporcionado respecto a la conducta en cuestión y es incongruente con el derecho humano básico a la libertad, la prohibición de los tratos o castigos crueles, inhumanos y degradantes, y el derecho de los detenidos a que se respete su dignidad inherente como personas.

Si bien no existe una definición de terrorismo aceptada universalmente, el ex Relator Especial de la ONU sobre la lucha contra el terrorismo estableció una definición modelo de terrorismo, que tiene un alcance acotado para reducir la posibilidad de uso indebido deliberado o involuntario:

Se entenderá por terrorismo “todo acto o tentativa de acto en que:

1. El acto:

(a) Consista en la toma de rehenes intencionada; o

(b) Tenga como intención causar la muerte o lesiones corporales graves a una o más personas o a segmentos de la población; o

c) Entrañe la violencia física grave o mortal contra uno o más miembros de la población o segmentos de la población;

y

2. El acto es ejecutado o intentado con el objetivo de:

(a) Provocar un estado de terror entre la población en general o un segmento de ella; o

(b) Obligar a un gobierno o a una organización internacional a hacer algo o abstenerse de hacerlo;

y

(3) El acto corresponde a:

(a) La definición de un delito grave contenida en la legislación nacional promulgada con el propósito de ajustarse a los convenios y protocolos internacionales relativos al terrorismo o a las resoluciones del Consejo de Seguridad relativas al terrorismo; o

(b) Debe contener todos los elementos de delito grave definidos por la legislación nacional.

LAS PRUEBAS CONTRA EVO MORALES

La grabación de la llamada del 14 de noviembre es la pieza clave del caso contra Morales, señaló Heydi Gil a Human Rights Watch en febrero, cuando formaba parte del grupo de fiscales que trabajaban en el caso.

En la grabación, el hombre que presuntamente es Morales da instrucciones a un colaborador para que movilice a manifestantes con el objeto de que bloqueen carreteras, y dice: “Hermano, que no entre comida a las ciudades. Vamos a bloquear, cerco de verdad”. Más avanzada la conversación, agrega: “Combate, combate, combate, ¿ya?”. “Vamos a dar dura batalla a la dictadura”, continúa diciendo, en referencia al gobierno encabezado por la presidenta interina Jeanine Áñez.

No es inusual que los manifestantes en Bolivia se refieran a sus manifestaciones como “combates” y “batallas”.

Expertos forenses de la Fiscalía General de la Nación de Colombia examinaron la grabación por pedido de los fiscales bolivianos y concluyeron que había una “alta probabilidad” de que la voz perteneciera a Morales, señaló la Fiscalía General de Bolivia en febrero. Morales sostuvo que el audio fue “alterado”, pero no admitió ni negó que la voz fuera la suya. Aun cuando efectivamente la voz en la llamada fuera la de Morales, el contenido de la conversación no demuestra ninguna participación en actos de violencia, ni tampoco ningún acto que podría ser categorizado correctamente como terrorismo.

La referencia que se hace en esa llamada al bloqueo del acceso a las ciudades es similar a un discurso que Morales había dado cuando aún era presidente. En una aparición televisada el 26 de octubre de 2019, Morales amenazó con movilizar a sus partidarios para que bloquearan el acceso a ciudades si continuaban las huelgas en su contra.

Los fiscales han obtenido cientos de registros de llamadas y mensajes de texto, incluyendo metadatos como la hora y la fecha de la comunicación, enviados desde números de teléfono utilizados por Morales. No obstante, el expediente no incluye el contenido de esas comunicaciones. Gil manifestó a Human Rights Watch que los fiscales estaban intentando demostrar que los actos de violencia presuntamente perpetrados por partidarios de Morales habían tenido lugar después de que Morales hablara con determinados líderes regionales. Pero sea lo que fuere que los fiscales esperaban encontrar, las pruebas que revisó Human Rights Watch después de que los fiscales solicitaran el arresto de Morales no respaldaban tal acusación.

Gil señaló que ella y sus colegas también estaban buscando pruebas de que miembros del gobierno de Morales habían financiado las protestas con fondos públicos. Tales acciones, de ser demostradas, podrían ser indicios de malversación, un delito que no está entre los cargos presentados contra Morales. En el expediente no hay pruebas de que Morales o sus colaboradores hayan direccionado fondos a organizaciones con el objetivo de cometer actos violentos que podrían ser adecuadamente categorizados como terrorismo.

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